Diario de León

El juez decreta su internamiento en un centro especializado durante cinco años

Absuelto el anciano acusado de quemar su casa tras encerrar a su esposa dentro

Una alteración paranoide le hacía pensar en la existencia de una trama «para arruinarle»

León

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La Sala Tercera de la Audiencia Provincial dictó ayer sentencia absolutoria para un vecino de Camponaraya, acusado de un delito de homicidio en grado de tentativa y de otro delito de incendio, de los que se le exime como consecuencia de una alteración psíquica, si bien el fallo establece la imposición de una medida de sumisión a tratamiento externo por un periodo de cinco años en un centro especializado, así como la prohibición de aproximarse a su esposa durante el mismo periodo. La mujer deberá ser indemnizada con 2750.000 euros en concepto de responsabilidad civil. El suceso sobre el que ayer se dictó sentencia data del 29 de mayo del 2001, cuando sobre las 5.15 de la madrugada, según el apartado de hechos probados de la sentencia, el acusado dormía con su esposa y utilizando un recipiente con gasolina que él mismo portaba, prendió fuego al habitáculo, cerrando a continuación la puerta y dejando en su interior a la mujer. Las llamas, se propagaron al resto de la vivienda. El procesado salió a la terraza y fue rescatado por los bomberos de Ponferrada. La víctima sufrió quemaduras de segundo grado en el 21% de su cuerpo, que motivaron 49 días de internamiento en un hospital y 1.233 días de curación. A consecuencia de todo esto, se ha reconocido una incapacidad permanente para la actividad laboral a la afectada. El procesado, siempre según el texto de la sentencia sufre un trastorno psicótico, compatible con un trastorno delirante y esquizofrenia de tipo paranoide, que en el momento de los hechos, anulaba la capacidad de conocimiento y la voluntad de sus actos. El apartado de fundamentos jurídicos señala las discrepancias entre la defensa y las acusaciones a la hora de evaluar si el imputado realizó los actos con con ánimo suicida u homicida. Los testimonios de algunos vecinos del inmueble, que ponen en boca del procesado las expresiones «fui yo» o «fallé» sostienen la tesis de la intencionalidad. El informe del subinspector de la Policía Local recoge que el procesado manifestó su autoría en los hechos «porque se quería morir». El punto cuarto de este apartado considera al autor responsable de los delitos de incendio y tentativa de homicidio, con la eximente del artículo 20-1º del Código Penal. Sin embargo, los tres informes médicos solicitados refieren una afectación paranoica, de acuerdo a la cual, el imputado defiende la existencia de una trama destinada a confabular para causarle la ruina. «Un complot en el que participaban entidades municipales, notarios, y bancos» se convirtió en un pensamiento obsesivo, siempre según la sentencia, de acuerdo a la cual, la mejor salida que encontró fue poner fin a su vida.

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