Nuclenor recurre el cierre de Garoña y pide que funcione al menos hasta el 2019
La demanda se fundamenta en que si se cumplen los requisitos de seguridad debe renovarse la licencia
Nuclenor formalizó ayer ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional la demanda correspondiente al recurso interpuesto el 14 de septiembre del 2009 contra la Orden Ministerial que decreta el cese de la operación de la central de Garoña en julio del 2013. La demanda se fundamenta en que tanto la Ley del Sistema Eléctrico, como la de Energía Nuclear y el Reglamento de Instalaciones Nucleares Radiactivas recogen que si se cumplen los requisitos de seguridad la renovación debe concederse, según explicaron fuentes de la empresa.
1397124194 De 1999. La anterior renovación concedida por Orden Ministerial de julio de 1999 se basó «únicamente en consideraciones de seguridad nuclear y protección radiológica y proponía idénticos parámetros para la renovación a partir del 2009», explicaron desde Nuclenor, que precisaron que, por otro lado, en ninguna de las 21 renovaciones anteriormente autorizadas a Santa María de Garoña por el Ministerio de Industria se establecía un límite temporal al funcionamiento de la central.
Nuclenor entiende, además, que la Orden recurrida, en tanto que manifiesta acordar el cierre de la planta para favorecer el desarrollo de las energías renovables, es «igualmente ilegal ya que en España, y tras la promulgación de la Ley del Sector Eléctrico, la planificación energética no puede tener carácter vinculante sino meramente indicativo».
«Arbitrario». También, Nuclenor considera que en el proceso seguido para la promulgación de la Orden Ministerial se altera el objeto de la solicitud y se confiere a la orden ministerial un carácter arbitrario. Por todos estos motivos, solicita a la Audiencia Nacional que se anule íntegramente la Orden Ministerial, que se reconozca su derecho a continuar en la explotación de la central al menos hasta el 6 de julio de 2019 y a la renovación expresa de la autorización en los términos informados por el Consejo de Seguridad Nuclear -”hasta 2019 con posibilidad de prórroga-” y que se indemnice por los posibles perjuicios.