El fallo insiste en que la instalación fue correcta y funcionaba sin incidencias
El fallo judicial determinó que la instalación fue ejecutada correctamente, habiendo funcionado sin incidencia alguna durante un largo periodo de tiempo, sin que los materiales de los elementos en que se localiza la fuga estuvieran afectados por el paso del tiempo. A su vez se entiende que se desconoce la razón por la que una instalación que venía funcionando correctamente y en la que no se había detectado fuga alguna, en un momento no concretado, «produjo el escape de gas furtivo que originó finalmente la deflagración».
Red general. Por otra parte, en la investigación aportada se asegura que la tubería que conectaba con la red general no estaba totalmente introducida en la válvula de acometida. Al respecto se parte de la hipótesis -”avalada por el informe de los peritos judiciales--” de que esta situación se produjo en el momento de su montaje. «Pudo no estar unido bien el conjunto y darse las condiciones para el escape de gas furtivo, si bien no se detectó ninguna fuga durante un periodo superior a quince años, desconociéndose la causa por la que en un momento determinado se inició la fuga de gas», señala.
Según el reglamento. Igualmente, el juez explica que los responsables del mantenimiento de la red cumplieron las previsiones reglamentarias para el control de las instalaciones.
En particular, se realizaron las comprobaciones de estanqueidad de la red de distribución mediante la utilización de sistemas electrónicos de detección por ionización de llama aplicados en el reseguimiento a pie por la traza de las tuberías de la red, según recoge el auto judicial hecho público ayer por el Juzgado de Instrucción Número 3 de la capital palentina, que exculpa a Gas Natural de cualquier responsabilidad penal.