Diario de León

La justicia europea avala las tesis de la Junta en las vacaciones fiscales vascas

El fallo obliga a devolver las subvenciones recibidas por las empresas beneficiadas

De Santiago-Juárez, portavoz de la Junta, celebra la decisión del Tribunal Europeo.

De Santiago-Juárez, portavoz de la Junta, celebra la decisión del Tribunal Europeo.

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El Tribunal Europeo de Justicia confirmó ayer que las ayudas concedidas a través de las exenciones fiscales vascas son ilegales y por ello insta a devolver las subvenciones. La Corte con sede en Luxemburgo da así la razón a las comunidades de Castilla y León y La Rioja, al considerar que las vacaciones fiscales constituyen ayudas estatales incompatibles con el mercado común y obliga a las empresas beneficiarias a devolver las subvenciones recibidas. Además, desestima las alegaciones interpuestas por las autoridades regionales implicadas en las que invocaban la larga duración del procedimiento que ha seguido la Comisión Europea, para justificar las ayudas.

En enero de 1996, el Ejecutivo comunitario solicitó a las autoridades españolas información sobre la medida aplicada por los territorios de Álava, Vizcaya Guipúzcoa, en la que ofrecían una exención del impuesto de sociedades durante diez años a las empresas de nueva creación que cumpliesen determinadas condiciones, como desembolsar un capital mínimo superior a los 120.000 euros y crear más de diez puestos de trabajo.

Cualquier ayuda estatal debe ser notificada a la Comisión Europea y no puede ponerse en práctica hasta que el órgano legislativo de la Unión determine su compatibilidad con las leyes comunitarias. Sin embargo, las autoridades españolas no advirtieron de estas subvenciones, y a raíz de varias denuncias interpuestas por asociaciones comerciales, la Comisión solicitó información sobre los beneficiarios.

Los datos entregados no convencieron al Ejecutivo comunitario, que tras recibir una denuncia hacia una empresa concreta, decidió iniciar una investigación formal. Al término de ésta, en diciembre de 2001, concluyó que las ayudas no eran compatibles con el mercado común y obligó a España a suprimirlas inmediatamente y a devolver los subsidios que habían sido entregados.

Primera Instancia. El Tribunal de Primera Instancia confirmó esta decisión tras el recurso interpuesto por los territorios de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa, alegando que las exenciones fiscales no tenían como objetivo promover la inversión y la creación de empleo, tal y como argumentaron las regiones implicadas.

Finalmente, el Tribunal de la Unión Europea ha declarado ilegales las ayudas y exige su devolución. Considera que los territorios implicados no han colaborado suficientemente con la Comisión Europea, que solicita información específica sobre las ayudas desde 1996. Además, la sentencia refleja que en ningún momento se pudo probar que la Comisión fuese favorable con su silencio a estos regímenes.

El texto rechaza que las tres regiones puedan justificar las ayudas alegando que el procedimiento se ha extendido en el tiempo, puesto que estima que ellas mismas han contribuido a prolongar la situación. Con la sentencia de hoy, el Tribunal de Luxemburgo pone fin a un litigio que se extiende desde que en 1994 varias federaciones comerciales interpusieran denuncia al respecto. El texto es definitivo y no cabe posibilidad de recurso por parte de los afectados. Además, da la razón a la Junta de Castilla y León que había interpuesto varios recursos contra la Diputación Foral de Vizcaya por rebajar el impuesto de sociedades.

La Comisión Europea se felicitó en el día de ayer por la sentencia del Tribunal de Justicia. La portavoz de Competencia, Amelia Torres, aseguró que la decisión que se adoptó ayer «confirma que tenían razón» cuando declaró ilegales las ayudas hace diez años y confió en que las autoridades vascas acaten la sentencia. Sin embargo, eludió avanzar la cantidad de dinero que tendrán que devolver los beneficiarios de las subvenciones.

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