La Junta alegará que traspuso una normativa para suprimir la extra

El TSJCyL eleva al TC la decisión de la Comunidad de eliminar la paga.

La consejera de Hacienda, Pilar del Olmo.

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

La Junta de Castilla y León planteará alegaciones a la providencia dictada por el TSJCyL para cuestionar la constitucionalidad de la supresión de la paga extraordinaria de los funcionarios en diciembre de 2012, ya que considera que sólo traspuso una normativa básica al ámbito de esta Comunidad, informa Efe.

La consejera de Hacienda, Pilar del Olmo, que tiene atribuidas las competencias sobre las relaciones con los funcionarios, ha explicado que por el momento no le preocupa la repercusión económica que pueda tener sobre las arcas autonómicas la decisión del Tribunal Constitucional. «No me voy a poner la venda antes de la herida», ha resumido.

Del Olmo no cree que, a raíz de estas cuestiones, el Tribunal Constitucional vaya a seguir los pasos de su homólogo portugués y desacredite la supresión de la paga extraordinaria a los funcionarios, ya que «no tenemos que aplicar el derecho portugués, ya que es distinto».

La consejera ha recordado que, como parte involucrada en el proceso, disponen de diez días para plantear alegaciones y ha garantizado que ejercerán esta posibilidad. Anunció ayer que el Gobierno regional presentará «las alegaciones oportunas» al periodo de consulta que abre ahora el Tribunal Constitucional de diez días, una vez que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) anunciase que llevará al Tribunal Constitucional la medida de supresión de la paga extraordinaria de diciembre a los 17.000 trabajadores laborales de la Comunidad. Según Del Olmo, quien no quiso cifrar estas cantidades para «no ponerse la venda antes que la herida», habrá que ver primero cuál es el estado procesal en el que se encuentra este asunto. Recordó que el auto del TSJ únicamente plantea el recurso para el personal laboral y en el periodo de algo más de un mes desde que se suprimió con el Real Decreto y que corresponde a los días transcurridos en el segundo semestre del año.

Cargando contenidos...

El alto tribunal entiende que una parte de esa gratificación ya se había generado y debería pagarse, y que la decisión del Gobierno central (Real Decreto de julio de 2012) puede ser una «expropiación de derechos».