Diario de León

Los empleados públicos podrán pedir licencias no retribuidas de cinco días

La Mesa de Negociación introduce mejoras al decreto de conciliación familiar.

La consejera de Hacienda, Pilar del Olmo, en una fotografía de archivo.

La consejera de Hacienda, Pilar del Olmo, en una fotografía de archivo.

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Los empleados públicos de la Administración regional podrán pedir licencias no retribuidas de un mínimo de cinco días y no como hasta ahora donde era obligatorio al menos 15 días con lo que se espera atender así las necesidades de quienes precisan disponer de días libres por circunstancias profesionales o personales y ya han agotado otras vías. Esta es una de las novedades que la Consejería de Hacienda incorporará al proyecto de Decreto de Conciliación Laboral y que es una de las sugerencias de trabajadores, gestores y sindicatos en las diversas reuniones mantenidas con el departamento de Pilar del Olmo, informa Ical.

El último de esos encuentros de la Mesa General de Negociación de Funcionarios Públicos se celebró ayer para negociar las novedades que se han incorporado al futuro Decreto por el que se regula la jornada, horario, vacaciones, permisos y licencias del personal al servicio de la Administración de Castilla y León.

La primera versión del decreto incluía la posibilidad, que se mantiene, de flexibilizar las vacaciones de los empleados públicos. En concreto, permite que siete de los 22 días hábiles de descanso anual se puedan disfrutar sueltos, sin agruparlos en un periodo de al menos una semana como hasta ahora. Con ello se da una mayor facilidad para la conciliación de la vida laboral y familiar en la medida en que quienes se acojan a esta medida podrán disponer de esas jornadas de manera semejante a las tres de libre disposición que existen en la actualidad.

Jornada

El borrador también acomoda la jornada a las modificaciones introducidas por la Ley 1/2012, de 28 de febrero, de medidas tributarias, administrativas y financieras de Castilla y León, que fijó el tiempo de trabajo en 37,5 horas semanales a partir del 1 de marzo de 2012. A diario la parte fija y obligatoria del horario sigue comprendiendo el tramo de las 9 a las 14 horas. Y con el mismo fin de ayudar en lo posible a su cumplimiento, la parte variable o flexible se extiende entre las 7.30 y las 9 de lunes a viernes, de 14 a 19 de lunes a jueves y de 14 a 15.30 los viernes.

En tercer lugar, se desarrolla la posibilidad de adaptar el horario por razones de conciliación siempre que resulte compatible con la naturaleza del puesto de trabajo y lo permitan las necesidades del servicio. Así, se prevé que en determinados casos se pueda autorizar temporalmente que la parte fija del horario sea de las 9.30 a las 14, o bien de las 9 a las 13.30. De este modo se pretende atender las necesidades de quienes tienen a su cargo a mayores de 65 años, hijos menores de 12 años o personas con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento –inicialmente se había contemplado un porcentaje del 45 por ciento– que no desempeñen una actividad retribuida.

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