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El BOE publica el cese de la actividad de la central nuclear de Garoña

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El Boletín Oficial del Estado español (BOE) publicó ayer la orden del 5 de julio por la que declara el cese definitivo de la explotación de la central nuclear de Santa María de Garoña (Valle de Tobalina, Burgos), después de que expirase el sábado, 6 de julio. La orden recuerda Nuclenor que debe iniciar las labores de desmantelamiento, informa Ical.

El documento del BOE ratifica el cese de actividad de Garoña y destaca que desde el 6 de julio debe cesar su explotación, «aún cuando no existan razones de seguridad nuclear y protección radiológica que lo exijan y la empresa titular de la instalación haya invocado razones económicas para no solicitar la renovación de la autorización» en los términos establecidos en la Orden IET/1453/2012, de 29 de junio.

Del mismo modo, cumplidos los trámites ordenados por las disposiciones vigentes, a propuesta de la Dirección General de Política Energética y Minas y de acuerdo con el Consejo de Seguridad Nuclear, el Ministerio dispone que en la central se lleven a cabo las labores de seguridad acordadas. Al tiempo que se exige la adopción de acciones correctoras pertinentes, a la vista de la evolución de las actividades que se desarrollen, de las evaluaciones y análisis, y del resultado de inspecciones y auditorías.

En lo referente a la responsabilidad civil por daños nucleares, Nuclenor queda obligado a establecer una cobertura de riesgo nuclear conforme a lo establecido en el artículo 57 de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre Energía Nuclear.

Por último, la orden recuerda a Nuclenor que se encuentra en el deber de almacenar elementos combustibles de uranio ligeramente enriquecido irradiados de acuerdo con los límites y condiciones asociados a las autorizaciones específicas de almacenamiento de combustible irradiado. Del mismo modo, entiende que debe realizar las actividades previas al desmantelamiento en conformidad con lo establecido en el artículo 28.

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