Ruiz Mateos deberá afrontar una deuda de 128 millones con los acreedores de Trapa
La sentencia declara culpable a las cuatro sociedades que formaban la empresa palentina.
José María Ruiz Mateos.
El Juzgado numero 1 de Palencia, competente en materia mercantil, ha declarado culpable el concurso de las sociedades pertenecientes al grupo Trapa, por lo que el empresario Jose María Ruiz Mateos deberá hacer frente a una deuda superior a los 128 millones de euros con los acreedores.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima la propuesta de la administración concursal y el ministerio fiscal, y declara culpable el concurso de las cuatro sociedades que formaban el grupo Trapa en Palencia, Brookfield Promociones 21, Soluciones Comerciales Trapa, Productora de Chocolates y Mitelman.
Según la sentencia, el juez condena al empresario jerezano y a los administradores de las cuatro sociedades, de forma solidaria, a pagar a los acreedores de la masa y a los acreedores concursales el importe total de la deuda contraída por todas las empresas del grupo.
Informe definitivo
El déficit del global de las empresas que formaban Chocolates Trapa, con sede en San Isidro de Dueñas (Palencia), supera los 128 millones de euros, según el informe definitivo. En concreto el déficit de Brookfield Promociones 21 es de 5,2 millones de euros; el de Mitelman S.L. suma 16,4, el de Productora de Chocolates S.L. llega hasta los 8,2 y el de Soluciones Comerciales Trapa S.L. ha quedado en 98,3 millones de euros.
Además, el juez inhabilita a los administradores de las cuatro sociedades mercantiles para administrar los bienes ajenos durante un periodo de quince años, así como para representar o administrar a cualquier persona durante el mismo periodo. También les impone la perdida de cualquier derecho que tuvieran como acreedores concursales o de la masa, y les condena a devolver los bienes o derechos que hubieran obtenido indebidamente del patrimonio del deudor o hubiesen recibido de la masa activa.
El juez argumenta en la sentencia «la existencia de un incumplimiento sustancial de las obligaciones contables», según resulta del informe de la administración concursal.