El Supremo anula sanción al guardia acusado de endosar sus multas a muertos

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León

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F. T. V. | MADRID

El Supremo anuló la sanción de un año de suspensión que el Tribunal Militar Central firmó para un guardia civil de Tráfico destinado en Herrera de Pisuerga (Palencia) que endosaba a personas fallecidas las multas que le habían impuesto por exceso de velocidad.

El alto tribunal ha ordenado revisar el recurso que el cabo primero de la Guardia Civil de Tráfico presentó contra la sanción por falta muy grave que le impuso la Dirección General de la Guardia Civil.

El motivo es que un general que formó parte del tribunal que revisó su recurso contra la sanción había intervenido ya anteriormente en el expediente y estaba por tanto contaminado de falta de imparcialidad.

El general en cuestión «deliberó y votó con los demás generales, para que al actor lo sancionaran con falta muy grave», dice el Supremo antes de añadir que se trató «de la misma sanción que después validaría el Tribunal de instancia» al que también pertenecía el militar de alta graduación.

Los hechos que dieron lugar a la sanción, que deberá ser ahora revisada de nuevo para ser o no confirmada, relatan cómo en 2010 el cabo primero de la Guardia Civil Luis Z. no efectuó el abono de dos multas por exceso de velocidad impuestas a la conducción de un vehículo cuya titularidad corresponde a su esposa.

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Para no asumir las multas, imputó ante la DGT la responsabilidad de las infracciones a personas fallecidas en accidentes.