Sin atenuantes el soldado que agredió al cabo por «tocarle los cojones»

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León

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F. T. | MADRID

El Supremo ha rechazado aplicar la atenuante de obcecación a la sanción de cuatro meses de prisión recaída sobre un soldado porque no acepta la argumentación del militar, quien en el momento de los hechos advirtió a su cabo, antes de darle un cabezazo, que le estaba «tocando los cojones».

El soldado del Regimiento de Ingenieros de la base de Castrillo del Val, en las inmediaciones de Burgos, advirtió a su cabo cuando éste le llamó la atención porque su posición de descanso, en formación, no era la correcta: «Me está usted tocando los cojones».

Así lo relata una sentencia del Supremo a la que ha tenido acceso Efe, en la cual el alto tribunal confirma la citada sanción de cuatro meses de prisión para el soldado.

El superior «le llamó la atención en forma respetuosa», contestando el soldado con la frase ya citada «a la vez que levantaba el puño derecho en tono amenazante», continúa el relato de hechos probados.

«Al acercarse el cabo un poco más al lugar que ocupaba el referido soldado para pedirle explicaciones, y después de un mínimo intercambio de palabras, éste le propinó un cabezazo en la cara», sigue la sentencia.

«El cabo, dolorido por el golpe y sin reaccionar ante la agresión sufrida, se dirigió a la oficina de la Unidad para dar parte de lo ocurrido a sus superiores», concluye el relato de hechos, que detalla que la víctima de la agresión «no precisó más asistencia que la recibida ese día en el botiquín, sin que hubiera causado baja médica para el servicio ni padezca secuela alguna».

En su recurso, el abogado del soldado explicó a la Sala de lo Militar del Supremo que «de lo actuado tanto en fase de investigación como en el propio acto de la vista se deduce claramente y de forma palmaria el comportamiento impropio del superior interviniente».

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Según el letrado, el cabo «increpó de forma inopinada, súbita e impropia a mi representado», lo que constituyó una «innecesaria humillación» que pudo haber generado una respuesta inadecuada «cuya consecuencia jurídica deberá ser minorada».