Los letrados alertan de «carencias legislativas» en la ley de Altos Cargos

En varios informes aseguran que como está planteada un «golpista» podría ser nombrado.

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León

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efe | valladolid

Los Letrados de las Cortes de Castilla y León han alertado por medio de varios informes de que el proyecto de ley del Estatuto de los Altos Cargos presenta «carencias de técnica legislativa» como la que lleva a que, en contraste con la norma estatal, pueda nombrarse alto cargo a un «golpista».

Este documento cuestiona que el proyecto de ley autonómico limite a los delitos contra la Administración Pública los casos por los que un funcionario no puede ser nombrado alto cargo, mientras que la ley estatal es más expansiva e incluye casos como la falsedad, contra la libertad, contra la Constitución y contra el orden público, en especial el terrorismo. «Según el proyecto de Castilla y León puede ser nombrado alto cargo un funcionario público condenado por detención ilegal, un juez prevaricador, un condenado por delito de rebelión, por delito de traición, por delitos de terrorismo», plantea el documento de los letrados, que añade que esta circunstancia concede un argumento para «nombrar a personas en las que no concurre la honorabilidad pero con comportamientos no considerados inidóneos por la ley».

Como ejemplo de esta circunstancia el letrado que redacta esta parte del informe señala un argumento que podría dar el Gobierno al nombrar un alto cargo: «como la ley no me impide nombrar a un golpista no soy políticamente responsable de hacerlo».

Sin embargo, el mismo informe alerta de que, con la redacción del proyecto de ley, se puede incurrir en una vulneración de la presunción de inocencia al apartar de su responsabilidad a un alto cargo contra el que se haya abierto juicio oral por delito contra la Administración Pública, ya que esta decisión se toma «sin mediar condena» y pudiera ser que tras el juicio fuera absuelto de los cargos que se le imputen.

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Los letrados también consideran que la normativa estatal tiene «mejor criterio» a la hora de abordar la situación de idoneidad de los altos cargos cuando un aspirante esté condenado por sentencia firme a una pena privativa de libertad, ya que en el caso del proyecto de ley que se tramita actualmente en las Cortes de Castilla y León «no prevé este supuesto».