La cuantía de las ayudas oscila entre los 1.500 y los 3.000 euros
Las subvenciones se dirigen a personas trabajadoras que hubieran iniciado el ejercicio del derecho de reducción de jornada laboral durante el periodo de 1 de julio de 2017 hasta el 14 de noviembre de 2018, ambos inclusive. Esta es otra de las mejoras respecto a la primera convocatoria, que establecía el periodo de un año y ahora este periodo se amplía.
Deberán reunir requisitos como estar empadronados y residir en algún municipio de Castilla y León; convivir con quien motiva la reducción de jornada o la excedencia; haber permanecido en alta como trabajador por cuenta ajena hasta la fecha de inicio de la reducción de jornada o de la excedencia y la reducción deberá aplicarse sobre un contrato a jornada completa.
Las cuantías de las subvenciones a conceder en los supuestos del ejercicio del derecho de reducción de jornada y de excedencia serán de 1.500 euros, con carácter general, por el ejercicio de reducción de jornada durante un periodo mínimo de seis meses ininterrumpidos, y de 3.000 euros para los supuestos de derecho de reducción de jornada compartida, ejercida consecutiva y correlativamente durante al menos doce meses, seis meses ininterrumpidos deberán disfrutarse por uno de los progenitores, adoptantes o acogedores y al menos los seis meses restantes por el otro, siendo en este caso la cuantía de 1.500 euros para cada uno. En aquellos supuestos en que por causas no imputables a la voluntad de la persona trabajadora el periodo disfrutado fuera inferior a los seis meses, la cuantía de la subvención a conceder se reducirá proporcionalmente al periodo efectivamente disfrutado.
Junto a esto, también se amplía en este segundo año el plazo para poder presentar las solicitudes, plazo que comenzará el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Bocyl y se extenderá durante un mes, hasta el 14 de noviembre de 2018.