SEGUNDA OPINIÓN MÉDICA
Se aplicará para pacientes con enfermedades nerviosas y cáncer
El futuro decreto regional que regula el derecho a obtener una segunda opinión médica permitirá que la puedan solicitar aquellos pacientes a los que se diagnostique una enfermedad degenerativa del sistema nervioso central, excepto cuando se trate de demencia senil, y del periférico, así como a los que se detecte un tumor maligno (menos en el caso de los de piel que no sean melanomas) y alguna patología desmielinizante, entre las que se incluyen la esclerosis múltiple y las leucodistrofias, según recoge el borrador de la normativa al que tuvo acceso la agencia Ical y que se encuentra en fase de alegaciones. Aunque el documento sólo contempla estos supuestos, recoge que las situaciones susceptibles de un segundo diagnóstico «podrán irse ampliando progresivamente en función del avance de la técnica y de las posibilidades del sistema». | dl