Nacional ■ Patrimonio
Meirás no era de Franco
Un informe considera nula la transmisión del polémico pazo porque el dictador lo recibió en contrato simulado Ahora, la Diputación coruñesa se plantea llevar el caso a los tribunales.
Un móvil muestra la página web de una inmobiliaria donde se ha puesto a la venta, por 8 millones de euros, el pazo de Meirás.
Un informe jurídico elaborado por encargo de la Diputación de La Coruña concluye que la transmisión del Pazo de Meirás a la familia Franco se hizo mediante un contrato simulado en 1941, pues el dictador ya lo utilizaba desde 1938, por lo que plantea acudir a los tribunales para solicitar la nulidad.
El coordinador jurídico del estudio, Xabier Ferreira, consideró en una rueda de prensa que acudir a los tribunales es la «acción necesaria» para recuperar como bien público el pazo de Meirás, ubicado en la localidad de Sada. Ese proceso judicial, añadió, debe emprenderlo «cualquier persona o administración con interés en demostrar que aquella compraventa no fue tal».
Según los datos históricos que maneja, la donación del pazo de Meirás se concretó en el año 1938, en 1940 se aprobó la ley del patrimonio nacional y en 1941 se formalizó «una compraventa ficticia» del inmueble porque así se evitaba que fuera incorporado como bien público. «En marzo del año 38 figura en un documento privado una donación (del Pazo) aceptada en diciembre de 38 por el propio Franco con su firma» y cuando el dictador «ya ocupaba el bien», se escrituró notarialmente la compraventa por parte de una heredera lejana de Emilia Pardo Bazán a Franco y Carmen Polo, detalló. El pazo de Meirás fue propiedad de la escritora Emilia Pardo Bazán y sirvió de residencia de verano durante muchas décadas al dictador. Dicha escritura, apuntó el experto, refleja un precio de venta bajo, recoge que no se entrega físicamente el dinero ante notario e incluye una cláusula por la que «no se puede reclamar nada contra esa transmisión» por las partes que acordaron la compraventa. En base a esos datos históricos, Ferreira argumentó que el contrato es simulado porque «en el año 1941 está comprando» el pazo de Meirás «una persona que ya es poseedora y lo está vendiendo una persona que ya había vendido el bien».
«La consecuencia es la nulidad plena de ese contrato. La compraventa no existió o es nula de pleno derecho y la acción para negarla no prescribe con el tiempo», advirtió el profesor universitario sobre este inmueble, Bien de Interés Cultural.