Diario de León
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Antecedentes de hecho

En fecha de 28 de julio de 2010 se presentó escrito de oposición a la apertura de la fase de liquidación de la sociedad anónima deportiva, aunque finalmente se acordó convocar a las partes a la vista oral, que se celebró el día 13 de octubre.

Fundamentos de derecho

El deudor podrá basar su oposición en la inexistencia del hecho en el que se fundamenta la solicitud o en que aún existiendo, no se encuentra en estado de insolvencia. No estaba probada la insolvencia de la Cultural para pagar al INSS.

Sentencia

n No ha lugar a la apertura de la fase de liquidación del concurso de la deudora Cultural y Deportiva Leonesa SAD solicitada por el letrado de la Administración de la Seguridad Social, actuando en nombre de la Tesorería de la Seguridad Social.

Sólo cabe recurso de reposición al fallo

La resolución expresada por el Juzgado de lo Mercantil de León expone que contra la sentencia dictada, «se hace saber que sólo cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días». La Tesorería de la Seguridad Social, según algunos expertos, lo tiene muy difícil para ganar en el recurso.

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