Diario de León

Pesca

Tres meses para lanzar la caña

La temporada de pesca en los ríos leoneses levantará el telón el 28 de marzo La Orden publicada por la Junta incluye pocas novedades respecto a la de 2019

León

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La temporada de pesca para 2020 ya tiene fechas y directrices. En el primero de los casos será el 28 de marzo cuando levante el telón en los ríos de la provincia al igual que en los de Burgos, Soria, Palencia y Salamanca. Justo una semana después que en Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid.

Así quedaba reflejada en la Orden Anual publicada hace unas fechas por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para toda la Comunidad y que respecto al 2019 incluye pocos cambios.

En el segundo de los apartados y en cuento a la reglamentación la Orden estipula sobre las especies pescables, que serán la trucha, hucho o salmón del Danubio, barbo común, barbo de Graells, barbo colirrojo, boga del Duero, boga de río, madrilla, bordallo, cacho, carpín, gobio, tenca y pisardo siendo precisamente la trucha la estrella.

En cuanto a la gestión y control de las especies exóticas invasoras la normativa para Castilla y León especifica que los ejemplares de estas que pudieran ser capturados durante la acción de pesca no podrán devolverse al agua (esta prohibición queda sin efecto en el caso de la carpa y del black-bass quedando permitida en todas sus modalidades en las masas de agua incluidas en la Orden FYM/339/2019 por la que aprueba la delimitación cartográfica del área ocupada por la carpa, por el black-bass, por el cangrejo rojo o de las marismas y el cangrejo señal. Respecto a las tallas, la Orden especifica que en las aguas de acceso libre tanto trucheras como no los barbos deben de ser como mínimo de 18 centímetros, las bogas, madrilla, bordallo y cacho de 10 centímetros, el gobio y pisardo de ocho centímetros, la tenca de 15 centímetros.

La normativa también refleja varias excepciones para la provincia de León como en el caso de apertura de la temporada que se retrasa al 15 de mayo en los ríos Cares y Sella mientras que en lo referido al cierre se amplía hasta el 31 de agosto en el río Curueño desde su nacimiento hasta el límite inferior del coto de Valdepiélago, el río Sil en las aguas embalsadas del embalse de Las Rozas y desde el límite inferior del refugio de pesca del embalse hasta el límite superior del AREC Embalse de Bárcena.

También en el río Cabrera en este caso en todo su curso, el río Tuerto desde el límite inferior del refugio de pesca del embalse de Villameca hasta su desembocadura en el río Órbigo. También en el río Casares y el Bernesga. En las aguas trucheras en parte de los ríos Cea, Esla, Luna Órbigo, Sil y Porma la temporada puede llegar hasta el 15 de octubre.

En cuanto al cangrejo rojo y el cangrejo señal, en la Orden aparecen varias novedades como la de que podrán capturarse, sin cupo ni talla, entre los meses de junio y diciembre del próximo año.

También recoge junto a esta medida, otras como la gestión que debe realizarse sobre las especies exóticas invasoras, las no pescables y las que sí lo son. Establece «medidas de gestión de pesca para el control de especies exóticas invasoras», por ejemplo, que no haya talla mínima ni cupo de capturas y que no se pueda devolver a las aguas los ejemplares registrados en el catálogo nacional al respecto.

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