Diario de León

El Tribunal Superior catalán absuelve a Alves de la agresión sexual que lo llevó a prisión

Revoca la pena de cuatro años y medio al exjugador del Barça por considerar el testimonio de la denunciante "no fiable" e "inconsistente"

El exjugador brasileño del FC Barcelona Dani Alves, en una imagen de archivo.

El exjugador brasileño del FC Barcelona Dani Alves, en una imagen de archivo.ALBERTO ESTÉVEZ

Publicado por
Melchor Sáiz-Pardo
Madrid

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha revocado la condena de cuatro años y medio de cárcel impuesta al futbolista Daniel Alves por la supuesta agresión sexual a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona en la madrugada del 30 de diciembre de 2022. Los magistrados -tres mujeres y un hombre-, que absuelven al exjugador brasileño del Barcelona de todos los cargos, zanjan que el testimonio de la denunciante es "inconsistente". Y reprochan además a la Audiencia Provincial barcelonesa que llegara a un fallo condenatorio contra el imputado cuando buena parte del relato de la joven se demostró que "no era fiable".

La Sección de Apelaciones de la Sala Civil y Penal del TSJC anula así a todos los efectos la sentencia de la Audiencia de febrero de 2024. Alves estuvo en prisión provisional desde el 20 de enero de 2023, tras regresar de México y entregarse a la jueza de Instrucción, hasta el 25 de marzo de 2024, cuando fue puesto en libertad cautelarmente después de permanecer 430 días en la cárcel y una vez pagada una fianza de un millón de euros.

Ahora, el tribunal catalán estima por unanimidad el recurso presentado por la defensa del futbolista y rechaza los de la Fiscalía, que pedía elevar la pena hasta los nueve años de prisión, y de la acusación particular, que requería ampliarla hasta los 12. El pleno de la Sección de Apelaciones -integrado por las magistradas María Àngels Vivas (ponente), Roser Bach, María Jesús Manzano y Manuel Álvarez- llega a afear a la Audiencia Provincial que concluyera sus deliberaciones con la condena del jugador a pesar de los "vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos" detectados en el relato de la denunciante.

El TSJC recuerda que en aquel fallo en primera instancia ya se aludía a la falta de fiabilidad del testimonio de la joven, hasta el punto de que constatar de "forma explícita" que lo que "relataba" la víctima "no se correspondía con la realidad", al menos en lo relativo a lo que habían grabado las cámaras de la discoteca. Y, sin embargo, la sentencia anulada "aceptó el resto de la declaración" -referida a la penetración vaginal no consentida en el interior del baño del local- "eludiendo el contraste de esta con otras pruebas, entre ellas la pericial dactiloscópica y la biológica de ADN".

Para los magistrados del Tribunal Superior es inaceptable el "salto argumental" de la Audiencia Provincial al creerse esa versión de la "penetración vaginal" no tolerada por la supuesta víctima, cuando ésta "ha resultado ser una testigo no fiable" pues "otras de sus muchas afirmaciones no se han verificado". "De la prueba practicada no se puede concluir que se hayan superado los estándares que exige la presunción de inocencia", afirma con rotundidad la sala, que precisa, no obstante, que este varapalo a la credibilidad de la víctima no es por sí mismo un aval a que la versión de Alves sea la cierta al 100%.

"Déficits valorativos"

La Sección de Apelaciones argumenta que no es suficiente que el tribunal que condenó a Alves hiciera una "invocación genérica" de que la denunciante pudo "cambiar de opinión" (al arrepentirse de entrar en el baño con Alves) para desdeñar las contradicciones con las grabaciones de seguridad que presentaba su versión. Esta argumentación "no convierte ni muta lo infiable en fiable". Por ello, abundan los jueces, la sentencia ahora revocada "presenta déficits valorativos muy relevantes", ya que la Audiencia Provincial no "extremó las cautelas para confrontar los contenidos que arroja la actividad probatoria".

Los integrantes de la Sección de Apelaciones hacen hincapié en que, dadas las contradicciones de la denunciante, la Audiencia de Barcelona no podía dar por quebrada la presunción de inocencia del futbolista. "Lo explicado" por ella "difiere notablemente de lo acontecido según el examen del episodio grabado", afirman. Junto a ello, recuerdan que "el examen de lo que no está registrado tiene que ser particularmente riguroso y estricto conforme a las exigencias de la presunción de inocencia para dar por acreditada la hipótesis acusatoria". Y en este punto, "la divergencia entre lo relatado por la denunciante y lo realmente sucedido compromete gravemente la fiabilidad de su relato", rematan.

Igualdad invita a reflexionar sobre que se cuestione "la voz de las mujeres"

La absolución de Dani Alves provocó una oleada de reacciones. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, eludió censurar la decisión judicial, pero sí dio a entender que no la entiende porque incide en las dudas que suscitan las denuncias por violencia sexual. "Creo que no se puede estar permanentemente cuestionando la palabra de las mujeres y que cuando hay dos palabras, la que vale más es la palabra del hombre frente a la voz de las mujeres. Yo creo que eso es lo que tenemos que plantearnos como sociedad, partiendo de que el respeto a las decisiones judiciales, como siempre hacemos, es el principio básico; la división de poderes y el respeto", evaluó la ministra socialista. "Las mujeres tienen que poder denunciar, tienen que denunciar y tienen que saber que su voz y su palabra es creíble y que es avalada por la ley", incidió.
​"Voy a ser prudente porque no he leído el fallo, lo que no quita que vuelva a trasladar mi solidaridad con todas las víctimas de maltrato o abuso físico", salió al paso su compañera de gabinete, la vicepresidenta María Jesús Montero. Y el titular de Justicia, Félix Bolaños, optó por escudarse en la necesaria "la especialización de los jueces y juezas que juzguen delitos de violencia sexual para precisamente juzgar con mayor cercanía este tipo de delitos".
​Más beligerante se mostró la eurodiputada de Podemos y ex ministra de Igualdad Irene Montero, que consideró la sentencia del TSJC "un claro ejemplo de violencia institucional y de justicia patriarcal". Esta postura contrasta con la de Inés Guardiola, abogada de Alves: "Estamos muy felices. Es inocente. Se ha demostrado".
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