El tribunal de la UE desestima el recurso de Meca contra su sanción por dopaje
El Tribunal de Justicia de la UE desestimó ayer el recurso de casación presentado por el español David Meca y el esloveno Igor Majcen contra la sanción de cuatro años que les fue impuesta por dopaje en 1999. Aunque el Tribunal anuló la sentencia previa de la Corte de Primera Instancia de la UE -que había desestimado el recurso en el 2004- al considerar que cometió un «error de Derecho», sin embargo también desestima el recurso de los nadadores. Meca y Majcen recurrieron ante el Tribunal de Justicia de la UE la decisión de la Comisión Europea que en 2002 rechazó su denuncia en la que cuestionaban la compatibilidad de la normativa antidopaje del COI con las normas comunitarias sobre la competencia y la libre prestación de servicios. Los nadadores había recurrido a la Comisión tras agotar los recursos posibles ante la Federación Internacional de Natación (Fina) y el COI. En su sentencia de ayer el Tribunal analiza el fondo de la cuestión y considera que «la normativa antidopaje del COI está sujeta al derecho comunitario sobre la competencia».