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Efe | Madrid

El Tribunal Supremo (TS) ha emitido un fallo contundente en el que califica de «inaceptable» que el Ayuntamiento de San Cebrián de Castro (Zamora) pretenda cobrar a las empresas de telefonía por el uso del espacio aéreo que se eleva por encima del suelo del municipio.

La sentencia rechaza de este modo la ordenanza fiscal que en tal sentido aprobó en 2013 el Ayuntamiento de San Cebrián de Castro (Zamora), porque «es como si cada Ayuntamiento aspirara a imponer un canon por la navegación de aeronaves que circulen por encima del territorio local».

La tasa, según el TS, vulnera la Constitución, la Directiva Europea del sector y la Ley General Tributaria, ya que es «una inaceptable invasión de las competencias estatales y una manifiesta duplicidad impositiva». El Ayuntamiento se consideraba amparado por la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en cuanto que autoriza a las entidades locales para establecer tasas por aprovechamiento especial del dominio público local. Pero el Supremo recuerda que el derecho de vuelo (espacio sobre el suelo del municipio) «siempre va ligado a las construcciones e infraestructuras que puedan realizarse sobre la superficie del terreno».

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