Los jueces podrán analizar la ‘letra’ de las hipotecas

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León

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j.m.c. | madrid

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vuelto a dar un varapalo al sistema hipotecario español al permitir que los jueces puedan analizar las condiciones incluidas en un préstamo para determinar si son abusivas, independientemente de que se puedan haber juzgado previamente o el banco las haya aplicado. El pronunciamiento llega apenas un mes después de que esta misma Corte de magistrados determinara la retroactividad total a la hora de calcular las devoluciones que tengan que realizar las entidades por aplicar limitaciones en los tipos de interés de sus clientes. En este caso, la resolución comunitaria determina varias novedades que a partir de ahora deberían comenzar a aplicar los juzgados españoles cuando se encuentren con conflictos hipotecarios de esta tipología.

La sentencia establece que es legal impedir a un juez examinar de oficio las cláusulas de un contrato cuando ya existe un pronunciamiento sobre el conjunto de las cláusulas. No obstante, si el examen previo se ha limitado a evaluar sólo una o varias de las cláusulas, la legislación europea obliga a apreciar el posible carácter abusivo del resto de cláusulas. Además, los magistrados se adentran en la posibilidad de que un juzgado pueda determinar si alguna de las condiciones de una hipoteca pueden ser nulas, independientemente de que el banco la haya aplicado.

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