Competencia, con las plataformas de viviendas turísticas de alquiler
La CNMC alega que la restricción a los pisos de plataformas es contraria al libre mercado.
Un cartel denuncia las consecuencias sobre los vecinos de los pisos turísticos. JAVIER ETXEZARRETA
J. M. Camarero | Madrid
Los portales de Internet como Airbnb o Homeaway —dos de los más populares en la Red— han encontrado un aliado estratégico para el impulso de sus negocios en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El organismo ha recurrido a los tribunales para actuar contra dos normativas autonómicas que limitaban los alquileres vacaciones de inmuebles destinados a la vivienda.
Competencia ha interpuesto sendos recursos contencioso-administrativos contra los decretos de Galicia y Castilla y León que regulan una actividad que tantos quebraderos de cabeza está dando a los ayuntamientos que deben gestionar su expansión; al sector hotelero que los considera ya competencia desleal; y hasta a los vecinos que reclaman una solución a la proliferación de este tipo de alquileres, sobre todo durante los meses de verano. La CNMC considera que los textos legales de ambas comunidades autónomas incluyen diversos artículos «contrarios a la competencia y a la regulación económica eficiente». En el caso de Galicia, expone una serie de «obstáculos injustificados» —así los denomina—, como la obligatoriedad de ceder la vivienda en su totalidad, la limitación del alquiler a tres meses, la exigencia de un catálogo de requisitos técnicos y servicios mínimos a incluir en el pago. Además se muestra opuesta a que los ayuntamientos puedan limitar el número de viviendas que se destinan a este fin, la prohibición de ceder habitaciones o la imposición de cargas a la declaración responsable y la obligatoriedad e contar con unos servicios mínimos. En lo que respecta a la legislación castellano-leonesa, la CNMC solicita al tribunal que elimine «por injustificados y perjudiciales para la competencia» algunos artículos de su norma, como el que obliga a incluir precios en los catálogos; el que habilita la intervención de la Administración para realizar recomendaciones de precios; el que prohíbe la cesión de las habitaciones; o el que limita las estancias de los usuarios. No es la primera vez que Competencia actúa en este sentido porque en su momento ya presentó un recurso contra la normativa de la Comunidad de Madrid, que fue estimado por el Tribunal Superior de Justicia de la región.