Habrá que justificar pérdidas en la venta de una casa para no pagar la plusvalía
edurne martínez | madrid
Quien haya perdido dinero con la venta de una vivienda no tendrá que pagar el impuesto de plusvalía, pero lo tendrá que demostrar. Así lo determinó ayer el Tribunal Supremo en una sentencia en la que afirma que los que quieran eludir el pago municipal al vender un inmueble tendrán que aportar pruebas de que no obtuvieron ninguna ganancia en esa transacción.
Este fallo matiza la nulidad de algunos artículos de la Ley de Haciendas Locales decretada por el Tribunal Constitucional de febrero de 2017, que anulaba el impuesto municipal sobre las plusvalía estableciendo que no se podía establecer un tributo tomando en consideración «actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial». Es decir, tanto el Constitucional como el Supremo establecen que no hay que pagar impuesto si no ha habido ganancia, pero el segundo exige a partir de ahora una demostración con pruebas para que no se aplique el pago.
¿Y qué pruebas pueden ser esas? La sentencia del Alto Tribunal establece que el sujeto podrá ofrecer cualquier principio de prueba como es, por ejemplo, la diferencia entre «el valor de adquisición y el de transmisión que se refleja en las correspondientes escrituras públicas». Además, será la Administración la que podrá revisar lo expuesto y, en tal caso, aportar sus pruebas de que sí hubo ganancia. A su juicio, una plusvalía real y efectiva es «perfectamente constatable» con los medios de comprobación que establece la Ley General Tributaria.
Recurso de casación
Todo viene de la desestimación de un recurso de casación interpuesto contra una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que denegaba a BBVA la devolución de lo que pagó por la venta de unos terrenos al considerar que no se había demostrado que no hubo ganancia en la operación. En su fallo, el Constitucional anulaba el impuesto municipal sobre las plusvalías, que aunque en teoría gravaba la revalorización de los inmuebles cuando son vendidos, en la práctica se abonaba siempre aunque hubieran perdido valor. Así, el Constitucional avaló en mayo del año pasado que las liquidaciones por la plusvalía no se pagaran si el vendedor no había ganado dinero, lo que generó un vacío legal.