Diario de León

El trámite para formalizar hipotecas se dilata en el primer mes de la nueva ley

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josé m. camarero | MADRID

Si ya de por sí era tenso enfrentarse a la contratación de una hipoteca —para la mayor parte de los ciudadanos, la operación financiera más importante de sus vidas—, con la nueva Ley de Crédito Inmobiliario en vigor esos trámites prolongan el estado de incertidumbre que viven las familias hasta rubricar su firma, aunque el nuevo procedimiento juegue a favor de sus derechos. Apenas un mes y medio después de que la reforma legal entrara en vigor, los pasos de formalización de los créditos conllevan más tiempo y «dificultades» que antes. Así lo reconocen desde la banca, donde admiten que las principales «trabas» proceden de «todo el proceso de transmisión de la información y la documentación a los notarios». El próximo miércoles expira la prórroga que había concedido el Ministerio de Justicia para que la entrega de los diferentes documentos del banco al notario pueda realizarse sin hacer uso de esas plataformas telemáticas previstas en la ley. Esto es, empleando medios alternativos, como la entrega de la información en papel o por correo. El Gobierno intervino para proponer esta excepcionalidad ante la imposibilidad de que todas las entidades se encontraran adheridas a la plataforma notarial para remitir la información por vía telemática. En las últimas semanas ya se han sumado todos los bancos, apuntan desde el Consejo General de los Notarios, donde indican que «el ritmo de contrataciones es el normal».

En cualquier caso, tras las primeras semanas de trasiego «poco a poco» se va solucionando una situación que «en ningún caso» ha supuesto la paralización de hipotecas. Los notarios achacan a las exigencias que incluye la ley estos nuevos tiempos, que transcurren desde que el cliente acude a un banco a solicitar información sobre una hipoteca hasta que se escritura ese producto ante el fedatario público. La norma obliga a acudir a los despachos de los notarios en dos ocasiones: una vez para que el fedatario público compruebe que el banco ha entregado toda la información necesaria a su cliente relativa al préstamo, a fin de cerciorarse de que ha comprendido las condiciones del contrato; y en una segunda al firmar, como hasta ahora.

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