Diario de León
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Limitación a los 70 años para presidir o ser miembro del consejo de administración de una empresa. Una tercera parte de los consejeros deben ser independientes y, además, formar parte de las comisiones especiales de control (auditoria, retribuciones, etc.). La junta general será presidida por un consejero independiente, que no tiene porqué ser el presidente de la sociedad. Obligación de tener un comité interno de auditoria que elija y se responsabilice de la empresa auditora externa que se contrate. Los auditores externos deberán estar presentes en la junta general de accionistas y aclarar cualquier cuestión que se les requiera sobre su función. Un mismo ejecutivo no podrá estar como consejero en más de tres empresas al mismo tiempo. Rotación forzosa de los socios en el consejo. Publicidad de las retribuciones de todos los consejeros.

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