La sanción se debe a que no ha proporcionado a otros operadores la interconexión por capacidad
La CMT impone una multa de 13,5 millones de euros a Telefónica
El consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) acordó ayer sancionar a Telefónica de España con 13,5 millones de euros por demo
La CMT redujo la sanción ecónomica a Telefónica al apreciar un cambio en su actitud
La Comisión entiende que Telefónica ha incurrido en una conducta infractora por incumplir esta obligación con Lince, privando a los usuarios de la posibilidad de disponer de nuevas ofertas. No obstante, este organismo ha apreciado un «cambio de actitud reciente» de Telefónica respecto a este «importante» asunto. Motivo por el que ha reducido sustancialmente la cuantía de la sanción con respecto a la propuesta realizada. En una resolución de 9 de agosto de 2001, el consejo de la Comisión aprobó la nueva Oferta de Interconexión de Referencia (OIR) para el operador dominante en el mercado de telefonía fija. Una disposición en virtud de la cual se establecía un periodo de tiempo de sesenta días para que Telefónica introdujese el nuevo modelo de interconexión operativa por capacidad. Según la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, este modelo, que se adoptó tras un periodo de consulta pública, supone una alternativa al tradicional modelo de interconexión por minuto, ya que tiene en cuenta el volumen de datos transmitidos y la capacidad de la red, y persigue evitar los «desequilibrios detectados» en las condiciones de actuación de Telefónica y de sus competidores. En otra resolución posterior, la Comisión confirmaba el modelo de interconexión por capacidad previamente establecido y reiteraba que Telefónica debía ofrecer a los restantes operadores la modalidad de interconexión combinada (voz más Internet), conforme a las condiciones y precios establecidos en la OIR de agosto del año anterior.