Diario de León
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La Audiencia Nacional rechaza la suspensión cautelar de la Orden HFP /94/2023, de 2 de febrero, del Ministerio de Hacienda y Función Pública que desarrolla la Ley 38/2022 que aprueba los modelos de declaración de ingreso y pago del gravamen temporal que establece esa norma para las empresas energéticas y de crédito.

El Tribunal considera que rechazar la suspensión no supone un perjuicio irreparable ya que en caso de estimarse el recurso se trataría de una situación reversible mediante la devolución de lo pagado más los intereses preceptivos.

La Sala añade que la suspensión de la Orden, sí que ocasiona un grave perjuicio al interés general «al hacerse imposible la recaudación del gravamen dejando sin cumplir una de las exigencias de la Ley que en su Exposición de Motivos habla de que tiene finalidad recaudatoria, a fin de exigir mayor esfuerzo a quienes disponen de más.

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