El impuesto a los ricos recaudará la mitad de lo previsto por un error

Yolanda Díaz plantea que el gravamen a las grandes fortunas se convierta en permanente

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León

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Nuevo error de cálculo legal y recaudatorio del Ministerio de Hacienda. El modelo aprobado para la liquidación del impuesto de solidaridad sobre las grandes fortunas —que Yolanda Díaz busca convertir en permanente— contiene un auténtico patinazo que desembocará en menores ingresos para el Estado de los estimados en un principio. Sobre todo porque librará de buena parte de su pago a los contribuyentes de comunidades como Madrid, Andalucía o Galicia, para las que precisamente estaba pensada esta tasa, dado que son las regiones que actualmente bonifican de una forma más generosa a sus altos patrimonios. La clave del error está en el denominado escudo fiscal, por el que el pago de impuestos (calculado sumando la cuota de IRPF, Patrimonio y Solidaridad) no puede superar en ningún caso el 60% de la base imponible del IRPF. «En caso de superarse este porcentaje, la cuota del impuesto de solidaridad se reduce hasta un 80%», recuerdan desde la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef). La redacción del modelo de liquidación definitivo publicado esta semana en el BOE implica que las grandes fortunas podrán computar en el cálculo lo que les tocaría pagar por el impuesto de Patrimonio sin bonificación, y no solo la cantidad que tendrían que abonar realmente si, por ejemplo, se encuentran en Madrid o Andalucía, donde se bonifica al 100% —es decir, no tendrían que pagar nada— o en Galicia, donde lo hace al 50%. Así, resultará mucho más fácil alcanzar el 60% que permite acceder a la deducción. El Gobierno trató de cambiar en su momento este error a través de la Orden Ministerial del modelo. Sin embargo, recibió un auténtico jarro de agua fría cuando la pasada semana el Consejo de Estado emitió un dictamen en el que dejó claro que lo que el Ejecutivo consideraba una «mera aclaración», implicaba en realidad contravenir la ley de Patrimonio y de Grandes Fortunas «de modo palmario y por un cauce totalmente improcedente, tanto desde la perspectiva del rango normativo de la disposición como desde la garantía de la seguridad jurídica».

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