Los ricos buscan escapes para reducir el pago en el impuesto a las fortunas

Usan donaciones o separación de bienes para reducir su patrimonio o se llevan los activos

Este impuesto grava los patrimonios superiores a tres millones de euros. EFE

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

El Impuesto de Solidaridad sobre las Grandes Fortunas se va a quedar en nuestro panorama tributario. El aval recibido por el Tribunal Constitucional ha reforzado al Gobierno en funciones en su intención de hacer permanente este tributo que se aprobó de forma temporal. De manera que si Pedro Sánchez logra la investidura, este impuesto que grava los patrimonios superiores a tres millones de euros seguirá vigente.

Mientras, los contribuyentes que han de pagarlo buscan formas de reducir la factura fiscal. La solución pasa por disminuir el patrimonio: el impuesto de solidaridad grava a partir de tres millones de euros y hay mínimos exentos de hasta un millón, con lo que por debajo de cuatro millones no se pagaría el tributo, o se puede al menos bajar la cuota a pagar. Existen vías legales para reducir el patrimonio a declarar y que siga estando en la familia.

La vía más utilizada en estos momentos es la donación a familiares -cónyuge o hijos-, como explica Paula Satrustegui, socia de Asesoramiento Patrimonial de Abante Asesores. Sin embargo, es importante hacer bien los números para saber si compensa. Porque donar tributa. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un tributo cedido a las comunidades autónomas que aplican sus propias tarifas y bonificaciones. Por ejemplo, en la Comunidad Valenciana, Canarias, La Rioja, Andalucía, Madrid, Murcia, Castilla y León y Cantabria las bonificaciones prácticamente liberan de tributación cuando las donaciones se realizan entre cónyuges, a los hijos o a los padres.

También hay que tener en cuenta que la donación de dinero o activos financieros tributa en la comunidad autónoma donde reside quien recibe la donación, mientras que si se donan inmuebles estos tributan en la comunidad donde está radicada la casa.

Pero todavía hay más impuestos que añadir a la lista. Cuando se donan fondos de inversión u otros activos financieros o un inmueble, el donante tendrá que declarar en el IRPF la ganancia obtenida desde que compró ese activo financiero o inmueble hasta que lo ha donado, y tributará por esa plusvalía entre el 19% y el 28%. A eso hay que sumar que cuando se donan inmuebles quien recibe la donación también tiene que pagar la plusvalía municipal.

Pongamos un caso práctico. Un contribuyente con un patrimonio de cinco millones de euros al que le sale a pagar en el impuesto sobre grandes fortunas 17.000 euros. Esta cuota resulta de descontar a los cinco millones 700.000 euros por el mínimo exento del impuesto y otros 300.000 euros exentos por la vivienda habitual, por lo que quedan cuatro millones, pero en el tributo a los ricos no se paga por los primeros tres millones, con lo que el tipo impositivo (en este caso el 1,7%) se aplica solo a un millón de euros.

Cargando contenidos...

Supongamos ahora que este contribuyente decide donar un millón de euros a su hijo en una comunidad donde el impuesto de donaciones está bonificado al 99%. Si es dinero en efectivo no hay plusvalía y no paga en IRPF, mientras que por el impuesto sobre donaciones pagaría 2.680 euros. Pero si el millón de euros que dona a su hijo es en activos financieros y hubiera tenido una plusvalía de 100.000 euros, tendría que pagar en el IRPF 21.880 euros. Así que serían, en total, 24.560 euros frente a los 17.000 euros del impuesto de solidaridad en este caso.