El Gobierno prohibe contratar luz y gas por teléfono
La propuesta recogida por Transición Ecológica, busca aumentar la protección del consumidor

Fotografía de archivo de un grupo de teleopeadores realizando su trabajo. BRUNO MORENO
Las empresas tendrán prohibido realizar contratos de luz y gas por teléfono con sus clientes, como hacen actualmente, salvo que lo pida el propio usuario. Pretenden frenar así los abusos de las comercializadoras energéticas por teléfono, según avanzó ayer El País y confirmó este periódico.
La medida fue propuesta el pasado mes de abril por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que en su último informe sobre mercados minoristas energéticos advertía de las «numerosas reclamaciones» que recibe el organismo por parte de consumidores que reciben llamadas engañosas de muchas comercializadoras y que pueden llevar a contrataciones de suministro que no se habían solicitado. Recogiendo esa recomendación, el Ministerio de Transición Ecológica incluye ahora esta medida en el Reglamento General de Suministro y Contratación, un borrador del real decreto expuesto a consulta pública hasta el 13 de septiembre.
El texto publicado en la web del ministerio expone que el objetivo principal es «ahondar en la protección del consumidor» frente a las prácticas predatorias de las comercializadoras y las plataformas de televentas que ofrecen sus productos a la ciudadanía, a menudo con llamadas que no fueron solicitadas por el potencial cliente.
Según el borrador, las comercializadoras «no podrán realizar publicidad ni prácticas de contratación no solicitadas por el usuario por vía telefónica, salvo que exista una petición expresa por parte del consumidor o la llamada sea originada por su propia iniciativa». Además, en los casos que el cliente sea quien decida contratar por teléfono, las empresas «deberán grabar la totalidad de la llamada, independientemente de quién la origine, incluyendo toda la información facilitada al consumidor y, en su caso, la información precontractual con las características básicas de la oferta» de forma que quede todo claro en caso de reclamación y para asegurar que no se engañe a nadie con sus contrataciones.
En el informe de Competencia, se asimilaban estas prácticas a la contratación domiciliaria (denominada a puerta fría) con la que se captaba clientes en el pasado y que se prohibió en 2018. Y es que aunque la Ley General de Telecomunicaciones en vigor desde junio de 2023 establece el derecho de los ciudadanos a «no recibir llamadas no deseadas con fines comerciales», esta norma no prohíbe la contratación telefónica de ningún servicio y las empresas energéticas aprovechan esa laguna legal. Es por ello que el organismo pedía al ministerio de Teresa Ribera una «norma más estricta».
Al ser un borrador lanzado a consulta pública, las compañías afectadas -hay registradas 500 comercializadoras- podrán dar su opinión a través de las alegaciones en periodo de audiencia para intentar que el texto no sea tan estricto como parece en el presente.