El comprador de un piso no tendrá que subrogarse al crédito hipotecario del promotor
El Gobierno prohibirá los redondeos al alza en aparcamientos y telefonía
Darse de baja de una compañía de gas o Internet será similar a pedir el alta

La ministra Elena Salgado, ayer, tras el Consejo de Ministros
El Gobierno prohibirá por ley los redondeos al alza en las tarifas de los aparcamientos y la telefonía para impedir que se cobre por una prestación no realizada, tal como le habían pedido las asociaciones de consumidores. Además, agilizará el proceso para darse de baja de los contratos de la luz, el agua o el teléfono e impedirá que se incluyan cláusulas abusivas en la compraventa de viviendas. Así lo estipula el Anteproyecto de Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios aprobado ayer por el Consejo de Ministros. La vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, y la ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, calificaron la norma como la más importante de los últimos años destinada a proteger a los ciudadanos de los abusos. Las principales medidas son las siguientes: Prohibición de redondeos al alza e implantación del cobro por minuto en los aparcamientos. El texto tipifica como abusivas las cláusulas contractuales que establezcan el redondeo del precio al alza, tanto en productos como en servicios. Con ello se pretende asegurar a los consumidores que pagarán por el servicio efectivamente prestado. En el aparcamiento se establece que se cobre por el tiempo real de estancia del vehículo, facturado por minutos, y no por hora o por fracción. En la actualidad, los usuarios de la telefonía están obligados a abonar por tiempo no consumido: minutos o treinta segundos, en telefonía, y hora o fracción en el aparcamiento. El Gobierno ha adoptado esta medida tras pedir sin éxito a las operadoras telefónicas que supriman los redondeos. Evitar las cláusulas abusivas en la compra de viviendas. Se consideran abusivas las cláusulas que obliguen al comprador a solicitar el crédito hipotecario en la entidad financiera que quiera el promotor. La norma también prohíbe que se traslade al comprador de un piso el pago de tributos que no debe abonar, tales como el impuesto municipal de plusvalías, que tiene que pagar el vendedor al ayuntamiento teniendo en cuenta el valor catastral. Agilizar el proceso para darse de baja de los contratos. La Ley equipara los requisitos para darse de baja de determinados servicios de interés general, como los de suministro de luz, agua, gas o telefonía, entre otros, a las facilidades existentes para darse de alta en los mismos. Para ello, será obligatorio fijar en el contrato el procedimiento para dejar la compañía, que tendrá que ser similar al que se firmó para entrar en ella, sin que se pongan trabas adicionales. Según la vicepresidenta, si basta una llamada para darse de alta lo mismo debe suceder cuando el consumidor decide marcharse de la compañía.