Una sentencia evidencia irregularidades de la Junta al autorizar un huerto solar
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de León da la razón a la Asociación de Vecinos El Cueto de San Miguel del Camino en su batalla jurídica por anular las resoluciones de la Junta que culminaron con la autorización del huerto solar instalado en terrenos colidantes a la urbanización del campo de Golf.
El fallo del magistrado Alfonso Pérez Conesa admite el recurso contencioso administrativo de los vecinos contra tres resoluciones de la Junta que les denegaron acceder a copia de los proyectos técnicos, no consideraron causa de invalidez la indefensión alegada por los afectados y tampoco estimaron su recurso de alzada contra la autorización del huerto solar de 5MW.
«La actuación de la administración ha cercenado el derecho de defensa de la actora, impidiéndole un acceso pleno al expediente administrativo» y «obligándola así a acudir a la vía judicial originándose unos perjuicios innecesarios y evitables», argumenta al condenar al servicio territorial de Industria de la Junta de Castilla y León a pagar las costas. El magistrado es contundente y aplica a la actuación de la Junta la apreciación de «temeridad o mala fe».
La sentencia estima que tan sólo el hecho de no haber respetado los principios de información pública «es por sí solo causa bastante para la estimación del recurso» de los vecinos. A mayores, cita una «nutrida serie de motivos de impugnación comenzando por las resoluciones del jefe del servicio territorial de Industria, Comercio y Turismo» en las que «no se menciona el municipio de Valverde de la Virgen como aquel por el que va a transcurrir la línea de evacuación ni tampoco cuál es el trazado» de la misma.
El magistrado subraya que esta línea «discurre por zona verde y por otra asignada a dotación educativa pública». Las resoluciones de la Junta, agrega, «no contienen datos bastantes sobre el paso de la línea de evacuación por terrenos pertenecientes a la junta vecinal de Valverde de la Virgen» y también «se omite la preceptiva notificación personal a los vecinos» colindates a la planta y a la línea de evacuación. Asimismo, echa en falta la licencia urbanística y la autorización de uso excepcional en suelo rústico, al igual que la licencia ambiental y de apertura.
«Hemos confiado en la justicia en vista a las graves irregularidades y el manto de opacidad que ha rodeado la tramitación de esta instalación fotovoltaica de 5mW», afirmó la presidenta de la asociación, Patricia Vergara. El colectivo se felicita por la sentencia, agradece el apoyo y recuerda que «el Procurador del Común también nos dio la razón, aunque no sea vinculante».
El huerto solar, promovido por Tequisolar y que ahora pertenece a Parque Solar Páramo, ya está en funcionamiento. La sentencia no es firme. La Junta puede recurrir en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Si se confirma esta senteica, el trámite del huerto solar «empezará de cero», asegura la asociación.