El TS condena a Ceiss a pagar 9.000 euros a un cliente por inscribirle en el registro de morosos de forma indebida

El Supremo dice textualmente que la inclusión en los registros de morosos “no puede ser utilizada por las grandes empresas para buscar obtener el cobro de las cantidades que estiman pertinentes»

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Ical

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El Tribunal Supremo condenó a Caja España-Duero (Banco Ceiss) a pagar 9.000 euros a un cliente por incluirle de forma indebida en los registros de morosos de Asnef-Equifax y Experian Bureau de Crédito, por una supuesta deuda de 229 euros, según informó en un comunicado la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), que recuerda que la sentencia es contundente y señala que «la inclusión errónea en un fichero de morosos constituye una intromisión ilegitima en el derecho al honor».

El Supremo dice textualmente que la inclusión en los registros de morosos «no puede ser utilizada por las grandes empresas para buscar obtener el cobro de las cantidades que estiman pertinentes, amparándose en el temor del descrédito personal y menoscabo de su prestigio profesional y a la denegación del acceso al sistema crediticio que supone aparecer en un fichero de morosos, evitando con tal práctica los gastos que conllevaría la iniciación del correspondiente procedimiento judicial muchas veces superior al importe de las deudas que se reclaman».

Una vez analizados los hechos, el Tribunal Supremo ha condenado a la entidad financiera a indemnizar a la demandante con la cantidad de 9.000 euros en concepto de daño moral ocasionado a raíz de dicha cesión de datos. El tratamiento indebido de los datos personales de los clientes pueden causar serios perjuicios a los consumidores.

El fallo recoge que la entidad debe realizar lo necesario para eliminar los datos referentes a los demandantes en los registros de morosos Asnef-Equifax y Experian Bureau de Crédito, «notificando la cancelación de los datos de los registros a todas las personas a quienes se hubiere comunicado o cedido los mismos».

Hechos

En el momento de la firma de un préstamo hipotecario, la antigua Caja Duero obligó a su cliente a firmar el seguro del hogar con la aseguradora del grupo y la correspondiente cuenta corriente. Al cabo del tiempo, durante el cual el pago del préstamo siempre fue debidamente atendido, las relaciones con la entidad «se tuercen, ya que la asociada es avalista de una póliza de crédito de la que es titular su hermano, también con Caja Duero, y tienen dificultades con el pago, y Caja Duero les ejecuta la póliza». Cuando ello sucede, la clienta decide subrogar su hipoteca en otra entidad.

Ausbanc explica que, al cabo de unos meses, Caja Duero llama a la clienta para informarla de que tiene un descubierto en cuenta de 229 euros, correspondiente al recibo del seguro del hogar. La clienta responde que esa deuda no le corresponde, ya que no tiene allí su hipoteca y que ya ha contratado otro seguro con la otra entidad bancaria. Ante esta situación, Caja Duero comunica los datos de la clienta y su exmarido a los registros de morosos Asnef y Equifax por la deuda de 229 euros.

Ausbanc recuerda que para ser incluido en un registro de morosos tiene que existir el requerimiento previo de una deuda efectiva, vencida y exigible ante la que cabe el derecho de oposición.

La improcedencia de la inclusión de una persona en estos registros supone la vulneración de un derecho fundamental amparado por la Constitución y desarrollado en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) que da lugar a la reclamación de una indemnización.

El Tribunal Supremo es »contundente» y señala que «la inclusión errónea en un fichero de morosos constituye una intromisión ilegitima en el derecho al honor de la persona afectada en el caso de que tal mención no fuera debida».

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Esta »ejemplarizante sentencia», obtenida por los Servicios Jurídicos de Ausbanc Barcelona, supone un duro varapalo para la banca, ya que reprime con dureza las »coacciones» de las entidades financieras hacia sus clientes. »El Supremo reacciona frente a los escraches de la banca que ejecutan a sus clientes a través de los registros de morosos», señala el comunicado. La afectada por esta mala práctica bancaria siguió de la mano de Ausbanc, ya que perdió en primera y segunda instancia, pero recurrió al Supremo con el objetivo de luchar hasta el final por sus derechos.