Diario de León

Precios un 50% más baratos para las aseguradoras que para particulares

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La anulación de la consideración como precios privados devuelve un paso atrás la estrategia de Serfunle, una vez que la competidora Los Jardines solicite la ejecución provisional y a la espera del recurso. Un conflicto que ya mantiene recurridas las anulaciones de los años 2009, 2010 y 2011 de los entonces precios públicos. Un caso que incluso en el año 2012 llegó al Tribunal de la Competencia por la denuncia en la que Los Jardines alertaba de que la mancomunidad, en el lapso de tiempo entre la anulación de los descuentos del TSJ y la nueva aprobación como precios privados, había facturado los servicios a través del socio privado, Mémora, para poder continuar con la política de descuentos. Servicios que son entre el 60 y el 70% del total de facturación de la mancomunidad, cuyo 51% de capital es público.

Durante estos años, cada vez que el TSJ anulaba los precios públicos, Serfunle ha cambiado el enunciado con el que recogía los descuentos. Denominaciones que primero pasaron como rebajas para «empresas que con habitualidad concierten la prestación de servicios de incineración con Serfunle» a «servicios de contratación masiva, en los cuales hablaba de aquellos en los que el numero igualara o excediera a 20. Una política que ahora, como precios privados, se cita de manera abierta como «descuentos por volumen de facturación», con cuatro rebajas diferentes de precios: servicios con arca superior a 350 anuales, entre 150 y 349, de 50 a 149 y de 25 a 49.

Estas categorías especiales hacen que la rebaja si el servicio se factura a una aseguradora sea de más del 50% frente a lo que se factura a un particular. Tarifas que, por ejemplo, por un ataúd son de 594,87 euros para los seguros y 1.199,66 para el resto, un 50,4%; por un coche fúnebre, 138 para las empresas y 387,44 euros, un 64,3%; y por una sala del tanatorio 193 para los seguros y 397,13 euros para los ciudadanos que no tengan una póliza de decesos.

Una política que, como ha dictado el TSJ en anteriores sentencias, supone «una distorsión del mercado», dado que «no es lo mismo la prestación de un servicio funerario mancomunado que un servicio funerario netamente libre y propio del ámbito privado». Una lucha que enfrenta las posturas de Serfunle y Los Jardines.

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