DELINCUENCIA EN LEÓN
Las causas con menores aumentan un 44,12% en el primer trimestre del año
El fiscal apunta que «no hay un motivo lógico» dado que «la tónica es de descenso»
La labor del grupo Paidos, formado por una decena de agentes, se centra en los menores de la capital leonesa
El Juzgado de Menores experimentó un incremento del 44,12% respecto al año anterior en la cifra de asuntos ingresados, de acuerdo a los datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial, que acaba de hacer públicas las cifras correspondientes al primer trimestre. La tendencia es totalmente opuesta a la del resto del país, una circunstancia que llama la atención al Fiscal de Menores de León, Avelino Fierro, que reconoce que en principio «no hay un motivo lógico».
Los datos reflejan que los asuntos que han ingresado en sede judicial han crecido en esa proporción. Sin embargo, los que se encontraban en trámite al inicio de este periodo se han reducido un 32,97%. No obstante el juzgado aumentó la tasa de resolución de los asuntos de menores un 3,53% y firmó un 5,88% más de sentencias que en el ejercicio previo.
Fierro entiende que la tendencia se suavizará en el análisis del segundo trimestre: «Ahora mismo tenemos registrados 182 asuntos por los 165 del año pasado a estas alturas». Es aproximadamente un 11% más. «No hay ninguna causa concreta y no tiene explicación lógica porque Valladolid y Burgos, que son los juzgados que nos sirven de referencia en la autonomía, han bajado bastante», explicó el fiscal.
Actualmente el Gobierno trabaja en la reforma de la Ley del Menor, cuyo anteproyecto fue aprobado hace dos meses y una de cuyas novedades es la obligación de poner en conocimiento del Ministerio Fiscal cualquier hecho que pudiera constituir delito contra un menor por parte de las autoridades públicas, funcionarios y profesionales que conozcan tales hechos en el ejercicios de su profesión, puesto que, si no lo hacen, incurrirían en un delito de omisión. La reforma, por otro lado, incluye un catálogo de deberes en las esferas familiar, escolar y social: respeto a los padres, hermanos, profesores; respeto a la dignidad, integridad e intimidad de las personas con que se relacionen, etcétera.
Por primera vez se definen en una norma de rango estatal las situaciones de los menores en riesgo y desamparo, quedando ésta última determinada por el abandono, riesgo para la vida, salud o integridad física; o la inducción a la mendicidad, la delincuencia o la prostitución.
La declaración de desamparo dará lugar a la tutela del menor por parte de la entidad competente. Como aspecto fundamental, se introduce que, superados dos años desde dicha declaración, sólo el Ministerio Fiscal podrá impugnarla, no los padres biológicos. Pasados esos dos años, las entidades públicas podrán adoptar cualquier medida de protección que consideren necesaria, incluida la adopción si se prevé una situación irreversible para el menor.
En cuanto a la guardia voluntaria (la que solicitan los padres a la administración), se limita a dos años, con el fin de evitar que estas situaciones se hagan crónicas, algo que venía sucediendo. Vencido dicho plazo, el menor deberá volver con su familia o dictarse sobre él una medida de protección estable.
La reforma da expecial importancia a los menores que son víctimas de violencia de género, para ello se les pasa a considerar como víctimas directas gracias a la modificación del artículo 1 de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Además, los jueces tendrán a partir de ahora la obligación de pronunciarse sobre medidas cautelares que afecten a los hijos de mujeres maltratadas con el fin de garantizar su protección.
Precisamente en los juzgados de lo Penal, los asuntos de violencia de género fueron el segundo apartado que más creció a título exponencial. Los asuntos ingresados crecieron un 18,49% y un 46,39% los que estaban en trámite al inicio del periodo. Eso en la jurisdicción de lo penal, porque en materia civil, el aumento llega al 60,61%.
El total de las jurisdicciones de León sufrió un aumento en su carga de trabajo del 10,03% a pesar de que el capítulo de los temas que estaban en trámite al inicio del periodo se redujo un 7,04%.
La realidad obliga a este esfuerzo pues casi 35.000 menores se encontraban bajo tutela o guarda de las administraciones en toda España a finales de 2012 (últimos datos oficiales al respecto). En concreto, 29.754 tutelados y 4.143 en régimen de guarda.
De ellos, más de 21.000 están en acogimiento familiar, pero alrededor de 14.000 aguardan en residencias la llegada de una familia, en muchos casos hasta los dieciocho años, y todo ello a pesar de la unanimidad existente acerca de la conveniencia de que estos niños y niñas crezcan en un entorno familiar.
Asimismo, casi el 65 por 100 de las mujeres víctimas de violencia de género tienen hijos menores y, de este porcentaje, un preocupante 54,7 por 100 asegura que sus hijos han sufrido maltrato. Siguiendo con los datos de 2012, un total de 3.191 menores fueron víctimas de delitos contra la libertad sexual.