«Las opciones de defensa en los casos de impagos de la deuda tributaria son escasas»
Francisco Javier Zataraín aborda las responsabilidades de los administradores.
El magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, Francisco Javier Zataraín. Jesús
A.C. | León
Francisco Javier Zataraín y Valdemoro es magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y abordó en su ponencia en San Marcos Los administradores como responsables subsidiarios de la deuda tributaria , avanzando que las opciones de defensa ante irregularidades con Hacienda cada vez son menores. «La Agencia Tributaria deja escasísimas posibilidades de defensa a los administradores de la sociedad en supuestos de impago a la deuda tributaria», concretó el magistrado, quien remarcó que Hacienda cuenta con lo que se denomina créditos privilegiados, con lo que tiene preferencia ante otras opciones salvo el sueldo de los trabajadores siendo siempre «la primera que cobra».
El hecho de dejar de actuar, de que se declare el cese de la empresa o que se declare la insolvencia de la sociedad no es excusa para la Agencia Tributaria que no exime de sus responsabilidades a los administradores. «Dentro del régimen de responsabilidad subsidiaria a la administración le gusta más cobrar la deuda tributaria pendiente que tienen los administradores de la sociedad que la sanción por no cumplir la ley», concreta el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
«Es muy difícil escaparse», concretó Zataraín, tras explicar que Hacienda es el prelegislador, con lo que año tras año va sacando nuevas leyes que cada vez es más difícil burlar para poner como ejemplo las reformas de urgencia que se han llevado a cabo en el 2006, en el 2012 y la última, el año pasado. «El poder político hace caso inmediato de sus demandas con nuevas leyes que cada vez lo ponen más difícil», especificó.
Otro de los aspectos a tener en cuenta por los administradores de las sociedades según indicó el magistrado, es el hecho de que la ley «invierte la carga de la prueba». Es decir, durante el proceso, la Agencia Tributaria no tiene que probar que el administrador de la sociedad haya infringido las normas técnicas, si no que es al revés, el propietario o los socios de la empresa son los que tienen que demostrar que sí han cumplido con todas las exigencias que marca Hacienda.
Zataraín remarcó que ante «los mil supuestos legales» planteados por la Administración Tributaria, es preciso «hacer las cosas bien, porque los administradores de las sociedades no sólo pagarán con la empresa, también con lo suyo» y en este sentido, recordó que en ningún caso «valen los administradores floreros o los testaferros, porque esta posibilidad está completamente eliminada de la norma», de forma que no es un supuesto válido para evitar tener que cumplir con la Administración y debe responder igualmente.