La Junta destina 72.000 euros para ayudar a los emigrantes a regresar
La ayuda mínima es de 1.500 euros y otros 250 euros por cada persona a su cargo.
DL | León
La Junta de Castilla y León ha hecho público a través del Boletín Oficial de la comunidad, la convocatoria de las ayudas que convoca la Consejería de la Presidencia para facilitar el retorno y la integración de los retornados en la Comunidad. La actual situación de muchos castellanos y leoneses en el exterior que pretenden volver a la autonomía, especialmente jóvenes, hace necesario articular alguna vía que facilite y apoye el retorno a Castilla y León, según la Junta.
La línea de ayudas dirigidas a facilitar el retorno, dotada con un crédito de 72.000 euros, se presenta con un doble objetivo: apoyar a aquellos que hayan retornado recientemente, así como a los que pretendan hacerlo a lo largo de este año; y apoyar a aquellos retornados que se hubieran constituido como autónomos o trabajador por cuenta propia o socio trabajador de sociedad laboral o cooperativa de trabajo.
La ayuda para facilitar retorno es de 1.500 euros como mínimo, que se verá incrementada en 250 euros adicionales por cada persona a cargo del solicitante. La otra ayuda a los retornados, específica para quienes hubieran iniciado una actividad por cuenta propia, es de 2.500 euros salvo que fueran menores de 36 años, en cuyo caso ascendería a 3.000 euros.
A fecha 1 de enero de 2016, había un registro total de 166.000 castellanos y leoneses en el exterior. De ellos, la mayor parte residente en América, 105.000 personas; y en otros países de Europa, 57.000 personas. Entre los requisitos que se especifican en la convocatoria publicada en el Bocyl está ser mayor de 18 años en la fecha de solicitud y tener la nacionalidad española. A mayores, también se exige al solicitante ser oriundo o procedente de Castilla y León y que el retorno se haya producido o se vaya a producir desde el extranjero a cualquier municipio de la comunidad autónoma. Por otra parte, debe carecer de bienes inmuebles de valor superior a 50.000 euros, distintos de la vivienda en la que se resida o se pretenda residir tras el retorno y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y, en su caso, con la Seguridad Social y no haber recibido esta ayuda previamente.