La provincia cuesta 20.518 millones en el Catastro y sólo León capital más de 7.000
La ciudad suma 127.965 bienes inmuebles entre pisos, locales, cocheras y trasteros que valen 3.997 millones.

Vista de Ordoño II desde la última planta del edificio del Ayuntamiento. PABLO
manuel c. cachafeiro | león
La provincia de León vale algo más de 20.518 millones de euros. Para ser exactos, 20.518.491.000 euros. Así consta en el último informe del Catastro, que ofrece datos curiosos, como que León capital es el municipio con más valor en parcelas y pisos, en concreto 7.085 millones y o que Escobar de Campos está en el lado contrario del listado de 211 municipios leoneses, con apenas 828.000 euros en 142 casas. En cambio no es el municipio con menor valor catastral rústico de la provincia. Por detrás está aún Prado de la Guzpeña, cuyos bienes en fincas y huertas se calculan en 607.000 euros.
De todas las maneras hay un dato a tener en cuenta, y es el año de la última valoración, que en el caso de muchos ayuntamientos de la provincia es todavía del año 1994. No ocurre lo mismo en el caso de los principales municipios, aunque justo León es de los más antiguos. De 1996. Ponferrada es del año 1999; San Andrés del Rabanedo de 2001, Astorga del año 2000 y La Bañeza de 2003.
La ciudad de León cuenta con 13.605 fincas catalogadas y una superficie total de 1.583 hectáreas urbanas, a lo que se suman 127.965 bienes inmuebles (pisos, cocheras, trasteros, locales...) por un valor de 3.997 millones de euros teniendo en cuenta su construcción. El otro factor para hacer la suma total es el valor catastral del suelo, que en este caso de la capital es de otros 3.087 millones. En total, salen esos 7.085 millones.
En cambio León tiene un valor de 937.000 euros en terreno rústico frente a los 18 millones de Valdepolo, los 12,6 de Roperuelos del Páramo o los 13 millones de Ponferrada.
El Catastro es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Está regulado por ley y la inscripción en el mismo es obligatoria y gratuita, características que lo diferencian del Registro de la Propiedad.
La descripción catastral de cada bien inmueble incluye sus características físicas, jurídicas y económicas, entre las que se encuentran su localización, superficie, uso...
La finalidad originaria del catastro era de carácter tributario, ya que proporcionaba la información necesaria para la gestión, recaudación y control de diversas figuras impositivas por las Administraciones estatal, autonómica y local. A estos efectos, el Catastro facilita el censo de bienes inmuebles, su titularidad, así como el valor catastral que es un valor administrativo que corresponde a cada inmueble y que permite determinar la capacidad económica de su titular.
La provincia de León no es la que más vale de la Comunidad. Burgos es la que más, con 24.516 millones, seguido de Valladolid, con 23.011 millones. Después estaría León. En el extremo contrario, Soria ‘cuesta’ 6.111 millones. En total, Castilla y León cuenta entre bienes urbanos y rústicos 127.083 millones.
«Como novedad más reciente en este ámbito cabe citar el servicio de descarga masiva de información catastral, disponible desde abril de 2011 y que pone gratuitamente a disposición de empresas y particulares la información catastral, incluyendo la posibilidad de su reutilización», añaden.
El valor catastral es un valor administrativo fijado objetivamente para cada bien inmueble y resulta de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en la Ponencia de valores del municipio correspondiente. Entre otros, su localización del inmueble, las circunstancias urbanísticas y su aptitud para la producción.
Con carácter general, el valor catastral de los inmuebles no puede superar el valor de mercado. A tal efecto, mediante orden ministerial se ha fijado un coeficiente de referencia al mercado del 0,5 en el momento de aprobación y entrada en vigor de la ponencia. En los bienes inmuebles con precio de venta limitado administrativamente, el valor catastral no podrá en ningún caso superar dicho precio.
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