TRIBUNALES
La Audiencia envía a Villahierro a la condenada por el crimen del Crucero al no pagar la indemnización
No ha cumplido las condiciones que se exigían para la suspensión de su pena de dos años.

Los condenados por el crimen del Crucero, durante el juicio en la Audiencia. BRUNO MORENO
miguel ángel zamora | león
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha decretado, a petición del Ministerio Fiscal, el ingreso en prisión de la condenada por el crimen del Crucero N.P.C. al no cumplir las condiciones estipuladas para la suspensión de la pena de dos años que se le había impuesto como encubridora de un delito de homicidio por la muerte en la calle Relojero Losada de un joven con el que había mantenido una relación sentimental. Los hechos ocurrieron en mayo de 2012.
El Ministerio Público había emitido un informe en el que solicitaba el ingreso en prisión de la joven por no haber hecho frente al pago de las cantidades estipuladas en concepto de indemnización y de responsabilidad civil tras la sentencia que condenó a doce años de prisión al autor material de la muerte de la víctima y que consideraba a la sospechosa autora de un delito de encubrimiento.
Un jurado popular determinó como probado en el juicio que el 17 de mayo de 2012, sobre las 2.15 horas, el condenado llegó en su coche a la calle Relojero Losada, donde vivía el fallecido. La víctima bajó a la calle y se inició una pelea en la que el culpable de los hechos apuñaló en el tórax «con intención de causarle la muerte».
POR ENCUBRIMIENTO
El herido tuvo tiempo de regresar a refugiarse en su vivienda, aunque se desplomó en el pasillo, donde falleció.
La otra condenada, N. M.P. C., ocupaba el asiento de al lado del conductor en el vehículo donde se produjo la pelea, y siguió a la víctima hasta la vivienda. «Pese a apreciar la gravedad de la herida, se marchó a los pocos minutos y dejó a la víctima tendida en el suelo, sin prestarle auxilio ni dar aviso a los servicios de emergencia o a la Policía».
La encubridora fue absuelta del delito de homicidio pero se le impuso el pago de unas cantidades económicas que no ha satisfecho, por lo que el fiscal Luis Antúnez solicitó que se revocase la concesión de la suspensión de la pena y se decretase su ingreso en el Centro Penitenciario Provincial de Villahierro, en el que ya había estado recluida de forma preventiva con anterioridad.
130.000 euros
El considerado autor del crimen fue condenado también a pagar 130.000 euros a la hija del fallecido y otros 9.000 euros al padre, en concepto de indemnización por su fallecimiento. La sentencia lo estipuló de acuerdo a los términos fijados por el jurado popular en su veredicto. El juicio se celebró en la Audiencia Provincial a principios de mayo del año 2014.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo estimó un recurso de casación interpuesto por la representación del condenado y declaró «la nulidad de la sentencia dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, para que retrocediendo en el trámite dé a aquella una nueva redacción que incluya un examen matizado del tratamiento de la prueba por parte del Magistrado-Presidente en la instancia». Luego se corrigió.