Hasta octubre para inscribirse y posibles deducciones fiscales
El Real Decreto marca hasta el 30 de octubre de este año como la fecha para que las cofradías se inscriban en este registro oficial.
Una de las novedades que puede traer consigo, al menos en algunas ciudades ya lo está siendo, es la posibilidad de que los cofrades puedan desgravar hasta el 75% de los pagos a una cofradía, si se consideran como donaciones. Así se ha tratado en algunas Diócesis, como Córdoba o Zaragoza. En concreto, en la provincia cordobesa se abordó la posibilidad de las cofradías de estar exentas también de muchos tributos por estar inscritas en este Registro oficial, que les obliga a llevar una escrupulosa y extensa contabilidad.
En Zaragoza, a partir de este año, podrá desgravarse el 75% de las cuotas hasta los primeros 150 euros. Para ello, las cofradías tendrán que acogerse a un régimen especial que se cita en la Ley de Mecenazgo e incluye varios requisitos indispensables. Por ejemplo, que la entidad a la que vayan destinados los pagos esté dada de alta en Hacienda y en el Registro de Entidades Religiosas. Cuando las donaciones superen los 150 euros, tal y como explica Juan Carlos Sánchez, asesor de asuntos económicos de la Junta Coordinadora de las Cofradías de la Semana Santa de Zaragoza, el porcentaje a deducir será del 30% por ejercicio, según informa El Heraldo.