Al servicio de jueces y fiscales
La oficina actuará a instancia del Juez o Tribunal o del Ministerio Fiscal, en el ámbito de las actividades delictivas propias del decomiso ampliado, cuando la localización, embargo o decomiso se haya acordado a partir del 24 de octubre de 2015 y de conformidad con el calendario aprobado en una orden ministerial.
La oficina actuará a iniciativa propia en el marco de cualquier actividad delictiva previa autorización judicial e independientemente de la fecha del embargo o decomiso.
Para el desempeño de sus funciones y realización de sus fines, la oficina puede recabar la colaboración de las entidades.