caso carrasco

Estrasburgo considera «manifiestamente infundadas» las protestas de Montserrat

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos inadmite el recurso de la asesina de Isabel Carrasco y pone fin a su caso.

Montserrat González, durante el juicio en la Audiencia Provincial de León. RAMIRO

León

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha inadmitido el recurso elevado a la Corte Europea por la representación letrada de Montserrat González contra la condena de 22 años de prisión que le fue impuesta en España por el asesinato de Isabel Carrasco, al considerar que sus quejas son «manifiestamente infundadas», de acuerdo al artículo 35 3a del Convenio Europe y que hoy adelantó Diario de León en su edición de papel.

La decisión se le ha hecho llegar a Montserrat, que cumplirá 63 años de edad en mayo, en una carta que señala que el recurso 5727/18 del TEDH no ha sido admitido por el juez único que se ha encargado de dilucidar este caso, de acuerdo a la normativa del tribunal, que en los casos en los que no procede admitir a trámite este tipo de procedimientos, ni siquiera reúne a los jueces para analizar la motivación.

«El recurso de la señora González Fernández contra España ha sido inadmitido por el sistema de juez único, de acuerdo a las reglas del Alto Tribunal», explica la ECHR (European Court of the Human Rights). Contra esta decisión no cabe recurso alguno».

El TEDH recuerda en su misiva que al tratarse de una decisión por el sistema de juez único «no se ha emitido sentencia». Simplemente se ha enviado una carta a la recurrente en la que se le informa del resultado de su recurso y que se le aplica «el artículo 35 3a del Convenio Europeo de Derechos Humanos».

«El Tribunal Europeo declarará inadmisible», según el artículo al que se alude en la carta «cualquier demanda individual presentada en virtud del artículo 34 si considera que la demanda es incompatible con las disposiciones del convenio o de sus protocolos, manifiestamente mal fundada o abusiva».

El artículo 34 al que se hace referencia explica que el tribunal «conocerá de una demanda presentada por cualquier persona física, organización no gubernamental o grupo de particulares que se considere víctima de una violación por una de las partes suscriptoras de los derechos reconocidos en el convenio o sus protocolos. También se compromete a no poner traba alguna al ejercicio eficaz de este derecho».

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El recurso presentado el 17 de enero de 2018 por Raquel Gago está «en estudio», señalaron fuentes del tribunal de Estrasburgo, a pesar de que se presentó tres días antes que el de Montserrat González, que lo hizo el 20 de enero de 2018. El de Triana (que cumplirá 39 años de edad en octubre) fue inadmitido, como ya informó este periódico.