Diario de León

Ni grupos políticos, ni vecinos han planteado la opción de referéndum

Un operario apila unas urnas en un colegio electoral de Santa Cruz de Tenerife. RAMÓN DE LA ROCHA

Una urna de un proceso de consulta. RAMÓN DE LA ROCHA

León

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Aunque recalca que habrá «un mínimo de una consulta vecinal al año» que deberá centrar su asunto en «el presupuesto participativo», el reglamento se abre a que el equipo de gobierno y los grupos políticos puedan promover iniciativas para que «la voz de la ciudadanía se escuche en la toma de decisiones municipales». Aunque no se ha hecho más que en el caso que era imperativo y que, a partir de ahora, dejará de serlo por la decisión de Diez.

Desde que entró en vigor en enero de 2022, el reglamento ni se ha estrenado, más allá de los presupuestos participativos que eran obligatorios. No ha tenido efecto tampoco la posibilidad de que la consulta parta de los propios vecinos, si consiguen que venga avalado por las firmas del 1% de las personas mayores de 16 años. Con este respaldo, cualquier puede promover una pregunta cuya condición indispensable pasa por que se centre «exclusivamente sobre competencias municipales», como se recoge en el texto normativo.

El documento incide en que no podrán hacerse consultas sobre asuntos que «contravengan la legalidad y vulneren los derechos humanos, afecten a la estabilidad financiera del Ayuntamiento o a la territorialidad del municipio», ni tampoco aquellas que «menoscaben las facultades de decisión de los órganos representativos municipales». Entre las opciones, se cita que cabe la opción de que tengan ámbito municipal, porque afecten a todo el conjunto de la población, o de zona, en las que «su resultado y efectos afecten de manera exclusiva a una parte del territorio».

Aunque, en ningún caso, ni siquiera en los presupuestos participativos, el resultado de la consulta sería «vinculante» para el Ayuntamiento, pese a que se vende que su objetivo se centra en «sondear la opinión de la ciudadanía, conocer su parecer sobre los asuntos municipales sometidos a consulta, como un factor adicional a ser escuchado por el gobierno municipal».

No se cambiará este aspecto, pero sí que se aprovechará para hacer una modificación, a mayores de la eliminación de la obligatoriedad de la consulta de los presupuestos participativos. El texto, que fija en 16 años el listón para votar, quitará la parte en la que se reseña que «excepcionalmente se podrán abrir votaciones a partir de los 12 años, para asuntos que respondan a sus intereses específicos».

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