La DGT cambia las reglas de circulación desde el 1 de octubre: esto pasa si llevas auriculares

El nuevo reglamento de circulación trae sorpresas para motoristas y conductores que no esperaban este cambio normativo

Motoristas con un casco con auricular y micrófono Bluetooth.dl/archivo

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León

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A partir del 1 de octubre de 2026, conducir en España implica adaptarse a un marco normativo renovado que modifica sustancialmente algunas prácticas habituales. Un Real Decreto introduce cambios significativos en el Reglamento General de Circulación que afectan directamente a millones de usuarios de la vía, especialmente a quienes utilizan dispositivos de audio durante sus desplazamientos.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una serie de modificaciones que entran en vigor este otoño y que suponen un antes y después en la manera de entender la conducción. Estas actualizaciones normativas no solo afectan a vehículos de dos ruedas, sino que también tienen implicaciones para todos los conductores del país.

El objetivo principal de esta reforma legislativa se centra en la protección de usuarios vulnerables de la vía, un colectivo que incluye principalmente a ciclistas, peatones y usuarios de vehículos de movilidad personal. Sin embargo, las repercusiones de este decreto alcanzan a todo tipo de conductores, generando dudas sobre qué está permitido y qué puede acarrear sanciones económicas.

Prohibiciones sobre dispositivos de audio

Una de las modificaciones más relevantes del artículo 18 del Reglamento General de Circulación establece que queda prohibido conducir utilizando cascos de audio, auriculares o instrumentos similares conectados a aparatos reproductores de sonido. Esta prohibición, que ya existía previamente, se refuerza y matiza con nuevas excepciones que resultan cruciales para entender la normativa actual de la DGT.

La norma especifica que no se pueden emplear dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción, lo que implica que cualquier elemento que interfiera con la capacidad del conductor para percibir sonidos del entorno —como sirenas, cláxones o avisos acústicos— queda expresamente vetado. Esta restricción afecta tanto a turismos como a motocicletas y ciclomotores. ¿Esto implica no escuchar la radio en el coche? Con auriculares, no.

Imagen de archivo de un joven en patinete eléctrico. La nueva normativa prohíbe el uso de auriculares de música y establece obligatoriedad de usar casco de protección homologado, entre otras cuestiones.David Zorrakino - Europa Press - Archivo

No obstante, el nuevo reglamento introduce una excepción importante para los motoristas. Se permite la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados que estén integrados en el casco de protección, pero exclusivamente con fines de intercomunicación o navegación. Esta salvedad reconoce la realidad tecnológica actual y las necesidades de comunicación de los usuarios de vehículos de dos ruedas.

Excepciones y situaciones permitidas

El texto normativo también contempla que los conductores pueden mantener comunicaciones sin emplear las manos ni usar auriculares convencionales. Esta disposición posibilita el uso de sistemas manos libres integrados en el vehículo o de tecnologías bluetooth que no requieran la colocación de dispositivos en los oídos del conductor.

Quedan expresamente exentos de estas prohibiciones los agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones, así como los conductores de vehículos de las Fuerzas Armadas que circulen en convoy. Esta excepción reconoce las necesidades operativas de estos colectivos profesionales que requieren comunicación constante para el desempeño de sus tareas.

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Durante la enseñanza y realización de pruebas de aptitud para la obtención del permiso de conducción en circuito abierto, también se permite el uso de estos dispositivos cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores. Esta salvedad facilita la formación de futuros conductores sin comprometer los estándares de seguridad.