La polémica de cobrar 10 céntimos por cada hielo en un café: ¿Por qué no se paga en los refrescos?
Los consumidores se quejan y los hosteleros defienden una medida que les supone un coste adicional que repercuten en el cliente

Café con hielo.
Ahora que sigue la temporada de terrazas y calor, una práctica cada vez más habitual en bares y cafeterías genera indignación entre los clientes: el cobro de un suplemento de 0,10 euros (y en algunos casos hasta 0,40 céntimos) por el hielo del café, mientras que el mismo cubito se sirve gratis con un refresco. La diferencia, que muchos consideran absurda o abusiva, ha desatado un intenso debate en redes sociales y ha llevado a asociaciones de consumidores a recordar los límites legales.
¿Por qué se cobra en el café y no en el refresco?
Los hosteleros explican la distinción por motivos de coste, servicio y lógica del producto. El café se sirve tradicionalmente caliente. Cuando el cliente pide “con hielo”, el local tiene que proporcionar un vaso extra (o dos: uno con el café y otro con los cubitos), manipular más cristalería y lavarla después.
Además, el hielo no es gratis: las máquinas industriales consumen mucha electricidad y los proveedores han subido precios en los últimos años, especialmente tras la crisis energética y las olas de calor. Cobrar unos céntimos permite mantener el precio base del café competitivo y no trasladar ese coste a todos los clientes.
En cambio, el refresco (Coca-Cola, Fanta, etcétera) se entiende como una bebida fría que se sirve habitualmente con hielo incluido. Es parte del producto estándar, no un extra solicitado por el cliente.
La polémica y la reacción de los clientes
La práctica ha generado un aluvión de quejas. Clientes cuelgan tickets en redes donde aparece el “hielo” o “tiempo” (en Valencia, el café con hielo se conoce tradicionalmente como “café del tiempo”) con un recargo de 10, 15 o incluso 40 céntimos. Muchos lo ven como una “cutrez” o un abuso: “Cobrar un hielo del café con hielo es de ser un miserable”, se lee en comentarios. Otros defienden al hostelero: “El café y el hielo son dos artículos diferentes… si eres tú el que pide el hielo para un producto caliente, entiendo que lo cobren”.
Asociaciones como la OCU y Facua han intervenido. Consideran que cobrar el hielo puede resultar “abusivo” (comparable a cobrar por la vajilla), pero es legal siempre que el precio figure de forma clara y visible en la carta o lista de precios. Si el suplemento aparece por sorpresa solo en el ticket, el cliente puede negarse a pagarlo y reclamar. Así lo establece el artículo 60 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: la información sobre el precio total debe facilitarse de forma clara y previa.
Qué recomienda la OCU
Para evitar sorpresas, los expertos aconsejan:
• Comprobar si el suplemento está indicado en la carta (papel o digital).
• Preguntar al camarero antes de pedir.
• Guardar el ticket y, si no se informó, solicitar hoja de reclamaciones.