El ajuste en el recibo del gas que se aplica a partir de octubre: cómo consultar si tienes la tarifa regulada
La revisión trimestral obligatoria del Ministerio para la Transición Ecológica actualizará el precio del suministro básico para millones de hogares
Ahora es el momento de revisar la factura de gas
A partir del próximo 1 de octubre entra en vigor la habitual revisión trimestral de la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas natural, fijada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y publicada de forma oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Este reajuste periódico, obligatorio según la normativa energética vigente, afecta al término variable de la factura. La variación del precio depende de la cotización internacional de la materia prima en los mercados mayoristas. Ante este cambio en el recibo a las puertas de la temporada de otoño e invierno, resulta prioritario verificar qué tipo de contrato se tiene firmado para conocer si el coste del suministro se actualizará automáticamente o si se está expuesto a las condiciones del mercado libre.
Cómo comprobar si tu contrato pertenece al mercado regulado
Saber si la vivienda cuenta con la tarifa TUR es un proceso sencillo que se resuelve revisando detenidamente los encabezados de cualquier factura reciente del suministro:
Revisar el nombre de la compañía: Las únicas entidades autorizadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para comercializar la TUR son las comercializadoras de referencia.
Comercializadoras de referencia
Localizar la denominación del contrato: En el apartado de datos del contrato o detalles de la tarifa debe aparecer expresamente el término "Tarifa de Último Recurso" o la abreviatura "TUR".
Identificar el peaje de acceso: Los consumidores domésticos acogidos a la TUR están encuadrados en los peajes RL.1 (consumos de hasta 5.000 kWh/año, habituales en cocinas y agua caliente), RL.2 (entre 5.001 y 15.000 kWh/año, típico en hogares con calefacción individual) o RL.3 (para consumos de hasta 50.000 kWh/año).
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El funcionamiento de la TUR y las opciones del consumidor
La tarifa regulada está limitada a suministros conectados a redes de presión igual o inferior a 4 bar con un consumo anual no superior a 50.000 kWh. Su funcionamiento se estructura en un término fijo mensual y un término variable por kilovatio hora (kWh) consumido.
Mientras que el importe fijo permanece invariable, el coste de la energía se recalcula los días 1 de enero, abril, julio y octubre siempre que el precio de la materia prima varíe más de un 2 % respecto a la revisión anterior. Una de las principales ventajas de la TUR para el usuario es que carece de compromisos de permanencia o cláusulas de penalización por rescisión.
Cualquier usuario que se encuentre actualmente en el mercado libre y cumpla los límites de consumo puede solicitar en cualquier momento el traspaso a la tarifa regulada poniéndose en contacto con una comercializadora de referencia. El cambio es gratuito y garantiza disponer de un precio supervisado directamente por el Gobierno.