Diario de León

Un tribunal cree discutible la capacidad de los ayuntamientos para limitar antenas de telefonía

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) considera «discutible» el hecho de que una ordenanza municipal pueda limitar la instalación de antenas de telefonía móvil y aboga por otro sistema, «un instrumento de planeamiento, integrado por documentos más complejos y aprobado en el seno de un procedimiento distinto». El Alto Tribunal catalán entiende que las ordenanzas municipales no contienen una verdadera regulación de la disposición geográfica de la red y los concretos lugares donde permitir la ubicación de antenas u otras instalaciones. En este sentido, recuerda que la normativa municipal sólo se «remite a futuras y posibles propuestas privadas», lo que supone que no se dispone «de previos criterios generales plasmados en norma alguna». En dos sentencias impulsadas por la compañía Telefónica contra las ordenanzas de dos municipios barceloneses, tribunal catalán califica de «incorrecta» la exigencia, por parte de los consistorios, de «un previo plan de implantación» de antenas a las compañías de telefonía móvil. El órgano recuerda que «no es el ayuntamiento el que fija o determina el desarrollo de la red en su territorio», sino que «cada operador tiene que hacer su propio plan».

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