El Supremo condena a la Once a pagar 120.000 euros a un leonés que rompió cupones premiados
El hombre declaró que se los enseñó a un vendedor y le dijo que no tenían premio, por lo que los rompió y los tiró.
El Tribunal Supremo ha condenado a la Once a pagar 120.000 euros a un leonés al que denegó el abono de esta cantidad por cuatro cupones premiados en el sorteo del 8 de junio de 2001. El motivo que, hasta ahora esgrimía la Once para no hacer efectivo el pago, era que el agraciado no pudo presentar los boletos, al haberlos roto por error. No obstante, en una sentencia para la unificación de doctrina, el Tribunal Supremo ha anulado la dictada en mayo de 2004 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y estima el recurso de casación presentado por J.R.L.L., a quien la Once denegó el premio de cuatro cupones con el número 95.798, dotados con 30.000 euros cada uno. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid denegó en su resolución la solicitud del recurrente ya que, según la normativa reguladora del sorteo de la Once, «el cupón premiado es pagadero al portador contra su presentación y entrega, no pudiendo sustituirse por ningún otro documento o testimonio». La resolución añadía, además, que al tratarse el sorteo de la Once de un juego de azar, «es a dicha organización a la que compete reglamentar y organizar el juego y lo hace a través de este acuerdo». No obstante, el Tribunal Supremo ha señalado que el Tribunal de Instancia se «limitó a tener por probado el hecho de la reclamación de cuatro cupones premiados y la denegación de su pago porque éstos no se presentaron. Pero nada dijo sobre de qué modo ocurrió el hecho en que justificaba el recurrente la pretensión de que se abonasen esos cupones». El agraciado Según la versión de los hechos dada por el recurrente, el 4 de junio de 2001 éste compró a un vendedor de la Once seis cupones del número 95.798 para el sorteo del 8 de junio, de los que se quedó cuatro y los dos restantes los repartió a dos de sus empleados. El 7 de junio, el hombre declaró que, pensando que los cupones eran para el sorteo de ese día, se los enseñó al mismo vendedor de la Once para que comprobase si estaban premiados. Éste los examinó y se los devolvió diciéndole que no tenían premio alguno, por lo que el hombre los rompió y los tiró. Al día siguiente, el número resultó ganador y los dos empleados que tenían sendos cupones cobraron los 30.000 euros correspondientes a cada uno, mientras que el recurrente acudió a las oficinas de la Once para cobrar la cantidad correspondiente por los cuatro cupones, pero al no presentarlos por haberlos roto, le denegaron el abono del premio. En su declaración, el vendedor de la Once confirmó que había vendido al hombre 6 cupones aunque negó que éste se los hubiera dado el 7 de junio. La resolución del Tribunal Supremo afirma que «procede que, ante el extravío de los cupones premiados que había adquirido el recurrente y que nadie presentó al cobro, se le abonen los premios correspondientes al recurrente».