El plazo para cumplir las obligaciones con la Agencia Tributaria concluye el 2 de julio
Casi 220.000 contribuyentes harán su declaración a partir de hoy
Las arcas públicas deberán devolver 122 millones, mientras que ingresarán 77
Trifulca que se lió a la salida de los juzgados de Cistierna, el 10 de abril
La campaña de la renta para el ejercicio del 2006 dará comienzo hoy, y los 218.799 contribuyentes leoneses que deben arreglar sus cuentas con la Agencia Tributaria tendrán de plazo hasta el próximo 2 de julio para hacerlo. Según los datos de la Agencia Tributaria en León, se esperan 10.204 nuevos declarantes en esta campaña, en la que la cuota a ingresar prevista se incrementa casi un 24%, mientras que el importe de las devoluciones crece algo más del 5,5%. En la provincia tendrán derecho a que Hacienda les devuelva parte del dinero retenido un total de 166.967 contribuyentes, a los que se reembolsarán 122 millones de euros. En cuanto a las declaraciones positivas, aquellas en las que los contribuyentes deben pagar más a Hacienda por sus ingresos, serán 48.673. Por este concepto las arcas públicas recaudarán 77 millones de euros. En cuanto a las declaraciones de cuota cero, se calculan en 3.159 en la provincia. En cuanto a las declaraciones por el impuesto sobre el Patrimonio, se prevén en la provincia 10.551 declaraciones, un 2,72% más que el año anterior. La cuota a ingresar de estos contribuyentes se eleva a algo más de 13 millones de euros. Entre las escasas novedades de la Campaña de este año está el régimen transitorio en las ganancias patrimoniales en el 2006, la tarifa del IRPF que se ha deflactado y la incorporación de la Televisión Digital Terrestre como nuevo canal para hacer diversos trámites. Obligación de declarar En cuanto a la asignación tributaria se refiere, se ha mejorado la presentación visual de la opción escogida por el contribuyente y además ya se puede utilizar el DNI electrónico para operar por Internet en lugar del certificado de firma electrónica. Tienen obligación de declarar quienes obtengan unos rendimientos íntegros del trabajo que superen los 22.000 euros brutos anuales cuando procedan de un único pagador o cuando procedan de varios pagadores, siempre que el importe percibido del segundo y restantes, por orden de cuantía no supere los 1.000 euros anuales. El límite es de 8.000 euros anuales si proceden de varios pagadores y la suma del segundo y restantes supera en conjunto los 1.000 euros anuales, si el pagador no está obligado a retener y si se trata de pensiones compensatorias del cónyuge o de anualidades por alimentos, salvo que procedan de los padres por decisión judicial.