El lunes se reunirá con los sindicatos tras enmendar su propuesta, que podría ser la definitiva

El Ayuntamiento no reintegrará a todos los trabajadores de Jardines

Acepta que parte de los temporales pasen a las empresas de las privatizaciones, pero no asume al resto

TEXTO ELIMINADO DE LA PROPUESTA DE LOS SINDICATOS

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A. Caballeroleón
León

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El lunes, nuevo asalto, pero con los golpes anunciados. Sindicatos y equipo de gobierno del Ayuntamiento, frente a frente, después de gastar la segunda semana de negociaciones en un cruce de propuestas sobre papel, que culminó ayer con el borrador que el miércoles entregaron los agentes sociales corregido por los políticos de UPL y PSOE. Negro sobre blanco para afianzar que la administración municipal no va a solucionar el futuro laboral de todos los trabajadores de los servicios que sean privatizados; Jardines y Obras, de momento. Los fijos -cerca de 90-, se quedarían en el consistorio; mientras que sólo parte de los casi 175 temporales -en el número que decida una comisión técnica- serán trasvasados de manera directa como obligación a las empresas concesionarias que adquieran los derechos. El resto, no serían «incorporados a la plantilla como plazas a amortizar», según reclaman las fuerzas sindicales, sino que quedarían en la calle. Esta disputa, que va más allá de un leve matiz, estanca de nuevo las negociaciones, más de tres meses después de que el conflicto apareciera con la no renovación el 31 de diciembre de 114 trabajadores -95 de ellos de Jardines- como primer paso del plan político para rebajar en 10 millones de euros el capítulo de personal, que en el 2007 sumó 71 millones de euros, con cerca de 2.000 empleados en nómina, dentro de un Ayuntamiento cuya deuda supera los 270 millones de euros. Para los más de 80 trabajadores de este colectivo que denunciaron su no renovación -algunos de los cuales cuentan con sentencias de despido improcedente-, los sindicatos exigían que que volvieran con condición de indefinidos, previo paso a la concesionaria o a mantenerse en la plantilla; algo que el Ayuntamiento sólo ofrece para los mayores de 60 años y en régimen rotatorio, o que estudiaría en casos concretos con criterios de rentabilidad para rebajar la cuantían del pago de indeminizaciones. Esta postura se moverá poco, ya que el Ayuntamiento estima que su concesión queda saldada con asumir a los fijos, lo que no pretendía hacer en un principio. PRIMERO. El equipo de gobierno se compromete a la utilización del mecanismo legal de un Plan de Empleo como herramienta para la adopción de las medidas que implementen la ordenación de los recursos humanos del Ayuntamiento y a su negociación con la representación sindical en la Mesa General de Negociación, incluyendo entre sus objetivos: a)La consolidación efectiva del empleo temporal de manera que al final del periodo éste suponga únicamente el 5% del total de la Plantilla Municipal, utilizando la figura de la Bolsa de Empleo, cuya reglamentación sea negociada con la representación sindical, como herramienta de regulación de esta tasa de temporalidad. b)La redacción de una Relación de Puestos de Trabajo que incluya tanto los que habrán de ser ocupados por personal con vínculo funcionarial o con contrato laboral fijo, como los que sean ocupados de forma eventual o interina. c)La utilización prioritaria de la relación de carácter funcionarial como fórmula jurídica mediante la que establecer la prestación de servicios en este Ayuntamiento como mecanismo complementario de reducción del gasto. Esto supondrá durante este periodo la transformación de un importante número de puestos de trabajo de personal laboral en puestos de trabajo de personal funcionario, conforme a los acuerdos a los que se llegue en la Mesa General de Negociación, y su cobertura mediante procedimientos de carácter restringido. d)La reordenación y modernización de servicios y estructuras, el aumento de la productividad laboral y del nivel de formación de los trabajadores y trabajadoras SEGUNDO. Se establece la inmediata paralización de toda clase de contratación laboral que suponga nuevas incorporaciones de personal, excepción hecha de aquéllas que por su absoluta necesidad y especialidad no puedan ser cubiertas de la forma más adelante descrita. La Corporación se compromete a someter a la consideración de la Mesa General de Negociación las fórmulas que se habrán de utilizar para la cobertura de todos aquellos puestos que durante el actual mandato corporativo sea necesario dotar para la prestación de servicios municipales, pero dando absoluta prioridad en todo caso al procedimiento de la reasignación de efectivos. Las fórmulas concursales que regulen este procedimiento serán objeto de negociación con la representación sindical. TERCERO. Dos opciones: -Con carácter inmediato se abordará en el seno de la Mesa General de Negociación un análisis detallado que determine la situación de todas las contrataciones que este Ayuntamiento ha realizado desde diciembre de 2004, de manera que las funciones propias de los mismos puedan ser desarrolladas por otros trabajadores o trabajadoras que ocupen puestos de trabajo con carácter indefinido o por trabajadores fijos a través del procedimiento de promoción interna. La reducción del número total de empleados, marcado como objetivo estratégico por el actual equipo de gobierno, se verá de esta forma parcialmente cumplido, pero habrá de acometerse además, teniendo como criterio fundamental la antigüedad real en la empresa en su conjunto y no considerando a los trabajadores de forma segregada por colectivos o servicios. -O eliminar completamente. CUARTO. Se procederá también con carácter inmediato al reconocimiento de la relación laboral de carácter indefinido a todos los trabajadores y trabajadoras (que prestaran servicios con anterioridad a 1 de enero de 2005 y a aquellos que lo hayan hecho mediante contratos sucesivos en un mismo puesto de trabajo por más de dieciocho meses seguidos) que tengan derecho con arreglo al Estatuto de los Trabajadores y que actualmente presten servicios en el Ayuntamiento. En el caso específico de los trabajadores cuyos contratos no fueron renovados en fecha 31 de diciembre de 2007, y en razón a sus evidentes dificultades de reinserción laboral, aquéllos que cumplan este año natural 60 años ó más se incorporarán, si así lo desean (de acuerdo a la fórmula ya conocida por los representantes de los trabajadores y que fue expuesta individualizadamente a aquéllos), a una bolsa rotatoria de empleo, con el objeto de no perjudicar la pensión por jubilación a la que pudieran tener derecho, atendiendo especialidades personales a estos efectos. (En el caso específico de los trabajadores cuyos contratos no fueron renovados en fecha 31 de diciembre de 2007 y que han presentado demanda ante la autoridad judicial, y aviniéndose a las pretensiones de los mismos, se les reconocerá igualmente la condición de personal laboral indefinido). QUINTO. Se someterá en el plazo máximo de un mes a la negociación en Mesa General de Negociación la determinación de los principios para una descripción teórica de las necesidades en materia de personal, conforme a las prioridades políticas de la Corporación y a las obligaciones del Ayuntamiento establecidas por la legislación vigente. Dicha descripción marcará las bases sobre las que se tendrá que establecer un objetivo general de reducción de la plantilla actual (en los porcentajes, en la forma y en los tiempos que dicha mesa establezca). Todo ello sin menoscabo de las facultades que en materia de personal y organización otorga la legislación de régimen local a los órganos de gobierno del Ayuntamiento, en relación a las necesarias decisiones de resolución inmediata. SEXTO. La Corporación se compromete a que el objetivo de reducción de plantilla que se establezca suponga una reducción real del gasto del Ayuntamiento y no sólo del capítulo de gastos de personal. En este sentido y de manera complementaria se procederá a la inmediata anulación del reconocimiento del derecho de percibo de todas las gratificaciones o pluses no recogidos en los acuerdos firmados con la representación de los trabajadores y que no hayan sido determinados en Mesas de Negociación o de Seguimiento de Convenio o bien por resolución judicial, y por tanto que no se hayan decidido respetando el principio de igualdad entre todos los trabajadores y trabajadoras. La representación de éstos se compromete por su parte a la negociación de los procedimientos necesarios para que en los próximos ejercicios se pueda producir una congelación de la masa salarial, de forma que el gasto en este concepto no se vea incrementado y facilite el reequilibrio presupuestario, garantizando así el mantenimiento de un mayor número de puestos de trabajo. SÉPTIMO. Los procesos de externalización de servicios que el equipo de Gobierno, bajo su responsabilidad política, como medida excepcional y de urgencia, decida acometer, habrán de cumplir en todo caso las siguientes premisas: a)La decisión habrá de ser justificada documental, técnica y presupuestariamente como herramienta real de disminución del gasto y no como una mera fórmula presupuestaria de reducción del capítulo de gastos de personal, informada a la representación de los trabajadores, y en todo caso, al tratarse de bienes y servicios de carácter público, habrá de contarse con la posibilidad de su reversibilidad cuando las condiciones económicas o financieras del Ayuntamiento lo permitan, previo análisis que periódicamente habrá de realizarse en las Mesas de Negociación sobre la evolución económica del Ayuntamiento. b)Los trabajadores cuya relación laboral con el Ayuntamiento de León sea de carácter fijo seguirán, si así lo desean, prestando servicios para el Ayuntamiento en las plazas vacantes que existan o se creen, con la especialidad recogida en el punto octavo. En la Mesa General de Negociación se negociarán los criterios para la recolocación en otros puestos diferentes en el caso de que la Corporación determine que no sigan prestando servicios en el área funcional externalizada. En todo caso se garantizará al trabajador las retribuciones propias de su categoría profesional, pudiendo, si fuera estrictamente necesario, destinarle a un puesto con las nuevas funciones que se le asignen aunque no estén incluidas en las asignadas a su categoría y sí en las de otra inmediatamente inferior, siempre y cuando las nuevas necesidades organizativas así lo requirieran. c)El Pliego de Condiciones para la adjudicación de Servicios Municipales establecerá para la empresa o empresas adjudicatarias la obligación de asunción en su plantilla, bajo la figura de la sucesión de empresa prevista en el Estatuto de los Trabajadores, de aquel número de trabajadores municipales que sean determinados por los estudios e informes municipales (con el carácter de personal indefinido) con las garantías y vínculo laboral que legalmente les corresponda. d) Los puestos de trabajo del área funcional externalizada que no sean incorporados a la plantilla de la adjudicataria del servicio serán mantenidos en Plantilla, en condición de puestos a amortizar, hasta la finalización de un proceso general de Traslados, Promoción Interna y Consolidación del Empleo Temporal y de acuerdo a la Relación de Puestos de Trabajo que haya de ser aprobada por la Mesa General de Negociación, tras lo cual se procederá a su amortización efectiva. Los puestos de trabajo de carácter eventual que no sean ocupados por trabajadores con relación laboral indefinida o por funcionarios interinos con menos de dos años de prestación de servicios, podrán ser amortizados, previo acuerdo en la Mesa General de Negociación. OCTAVO. Dada la especial situación del matadero municipal, que se reconoce como muy gravosa desde el punto de visa económico para el Ayuntamiento, no siendo una competencia obligatoria desde el punto de vista legal y no prioritaria por prestarlo de manera suficiente el sector privado, se hace imprescindible la modificación de la forma de gestión, que haga viable económicamente el servicio y permita, en consecuencia, su supervivencia. Caso de dejar de prestar directamente este servicio, el Ayuntamiento se compromete al mantenimiento de todos los puestos de trabajo, a través de la subrogación de todo el personal de naturaleza no fija y del número de trabajadores fijos considerados absolutamente imprescindibles para un funcionamiento óptimo del servicio, previa negociación con la Mesa General de Negociación. Los trabajadores fijos que no asuma la nueva prestadora de servicio serán asumidos y recolocados en el Ayuntamiento, con las retribuciones que actualmente se perciban.

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