«Si encuentro rojos enterrados, los sacaré y volveré a matarlos»
El auto del juez aporta testimonios desgarradores que revelan la crudeza de las órdenes que se dictaban por parte de los generales Queipo de Llano y Mola o desde la mismísima Junta de Gobierno
Detalle de una foto entre el listado de personas represaliadas entregadas al juez Baltasar Garzón
«Un examen imparcial y sereno de los hechos, nos lleva también a afirmar que al igual que los vencedores de la Guerra Civil aplicaron su derecho a los vencidos y desplegaron toda la acción del Estado para la localización, identificación y reparación de las víctimas caídas de la parte vencedora, no aconteció lo mismo respecto de los vencidos que además fueron perseguidos, encarcelados, desaparecidos y torturados por quienes habían quebrantado la legalidad vigente al alzarse en armas contra el Estado», destaca el juez en el auto, para fundamentar los motivos de su decisión. A criterio del juez, la represión se llevó a cabo a través de dos vías: «El Bando de Guerra y los Consejos de Guerra sumarísimos de urgencia». El proceso también distingue tres fases fundamentales. La de represión masiva a través de los Bandos de Guerra, que comprende desde el 17 de julio de 1936 a febrero de 1937, la de los Consejos de Guerra sumarísimos de urgencia entre marzo de 1937 y los primeros meses de 1945 y una tercera de acción represiva entre 1945 y 1952 marcada por la eliminación de guerrilleros y personas que les apoyaban. Acción en extremo violenta Aporta Garzón el testimonio de la Instrucción Reservada nº 1, de abril/mayo de 1936, dictada por el General Mola: «Producido el movimiento y declarado el Estado de Guerra (¿) se tendrá en cuenta que la acción ha de ser en extremo violenta para reducir lo antes posible al enemigo, que es fuerte y bien organizado. Desde luego, serán encarcelados todos los directivos de los partidos políticos, sociedades o sindicatos no afectos al Movimiento, aplicándose castigos ejemplares a dichos individuos para estrangular los movimientos de rebeldía o huelgas». La octava orden de urgencia a cargo de la Junta de Gobierno recién instaurada establecía órdenes concretas: «En el primer momento y antes de que empiecen a hacerse efectivas las sanciones a que de lugar el bando de Estado de Guerra, deben consentirse ciertos tumultos a cargo de civiles armados para que se eliminen determinadas personalidades, se destruyan centros y organismos revolucionarios». «Quiero aniquilarlos» El auto atribuye al general Mola una afirmación realizada el 19 de julio de 1936: «Es necesario propagar una imagen de terror (¿) Cualquiera que sea, abierta o secretamente, defensor del Frente Popular debe ser fusilado». En Radio Burgos reiteró sentimientos similares: «Yo podría aprovechar nuestras circunstancias favorables para ofrecer una transacción a los enemigos, pero no quiero. Quiero derrotarlos para imponerles mi voluntad. Y para aniquilarlos». En boca del general Queipo de Llano se ponen también las siguientes afirmaciones: «Yo os autorizo a matar, como a un perro, a cualquiera que se atreva a ejercer coacción ante vosotros: Que si lo hiciéreis así, quedaréis exentos de toda responsabilidad». Más aún: «¿Qué haré?. Pues imponer un durísimo castigo para callar a esos idiotas congéneres de Azaña. Por ello faculto a todos los ciudadanos a que, cuando se tropiecen a uno de esos sujetos, lo callen de un tiro. O me lo traigan a mi, que yo se lo pegaré». «Berrear no las salvará» No es lo único: «Nuestros valientes legionarios y regulares han enseñado a los rojos lo que es ser hombre. De paso también a las mujeres de los rojos que ahora, por fin, han conocido hombre de verdad y no castrados milicianos. Dar patadas y berrear no las salvará». Otro testimonio: «Ya conocerán mi sistema: por cada uno de orden que caiga, yo mataré a diez extremistas por lo menos, y a los dirigentes que huyan, no crean que se librarán con ello; les sacaré de debajo de la tierra si hace falta, y si están muertos, los volveré a matar».